Revoca el tribunal la coalición en siete municipios
En siete municipios de Jalisco donde había coalición entre los partidos Movimiento Ciudadano, Acción Nacional y de la Revolución Democrática, estas fórmulas han sido desautorizadas por la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, al resolver el juicio de revisión constitucional electoral 20/2018, interpuesto por el partido político Morena.
De este modo, “la sala regional Guadalajara revocó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Jalisco que autorizaba al Partido Acción Nacional a postular por sí mismo, candidaturas en siete de los 76 municipios incluidos en el convenio de la coalición integrada por los partidos Movimiento Ciudadano, Acción Nacional y de la Revolución Democrática […] la magistrada y los magistrados determinaron que le asistió la razón al partido actor, pues el convenio de coalición en los términos autorizados por el Tribunal responsable es contrario a la obligación prevista en la ley en el sentido de que las coaliciones sean uniformes. En los siete municipios sólo participarían dos de sus tres integrantes (PRD-PMC) y se pretendía que el tercero (PAN) registrara candidaturas propias en los mismos, por lo que se revocó la sentencia combatida y se otorgó un plazo de cinco días para que los partidos políticos integrantes de la coalición puedan hacer los ajustes necesarios a su convenio”.
El PMC envió ayer por la tarde un comunicado, en que aclara que “la coalición en 69 municipios y los 11 distritos no se ha afectado […] sólo invalidó la postulación dinámica MC-PRD en siete localidades: Mixtlán, Chapala, Mazamitla, Tecolotlán, Zapotiltic, Zapotlán el Grande y Cihuatlán”.
En los próximos días “se definirá si la coalición parcial MC-PANPRD se amplía a los 76 municipios o si se queda tal como está en 69. En este último caso, los siete municipios serían competidos por MC sin coalición”, añade.