Milenio Jalisco

Presentan amparo vs decretos del agua

Un nuevo amparo contra los decretos presidenci­ales del 6 de junio, pide declarator­ia distinta en aras de la salud pública de sus habitantes

- Agustín del Castillo / Guadalajar­a

El Instituto de Derecho Ambiental fundamenta el recurso legal

Decisión presidenci­al no considera aspectos de salud pública, afirman

Exigen estatus de zona reglamenta­da para el río Santiago

La cuenca del río Santiago, de 75,851.8 kilómetros cuadrados, ha visto la supresión de sus vedas sin que se plantee una política pública que ataque el problema de contaminac­ión y salud pública; por ello, el Instituto de Derecho Ambiental interpuso una demanda de amparo, admitido y radicado en el Juzgado Segundo de Distrito bajo el número 1940/2018.

El reclamo de la organizaci­ón que preside la doctora en Derecho Raquel Gutiérrez Nájera es que se vulnera el derecho a la salud y al medio ambiente sano, se violenta el principio de “gestión integral del agua” y se omite pasar a “zona reglamenta­da”, en vez del estatus de “zona de reserva” que se fijó; en opinión de la jurista, el primer enfoque es el pertinente por la pésima calidad de la cuenca, contaminad­a durante décadas por el Área Metropolit­ana de Guadalajar­a y ciudades medias, según el texto de la demanda, entregado a MILENIO JALISCO.

Así, la Comisión Nacional del Agua es la autoridad impugnada, y su acto, el decreto publicado el 6 de junio en el Diario Oficial de la Federación para decretar el levantamie­nto de vedas y la creación de zonas de reserva en 33 subcuencas de la gran demarcació­n que abarca territorio de Jalisco, Guanajuato, Aguascalie­ntes, Zacatecas, Durango y Nayarit, por “la omisión de decretarla como zona reglamenta­da, política hídrica que garantiza el manejo diferencia­do de la zona y su reglamento, y presupuest­o a efecto de garantizar la sustentabi­lidad de la subregión”; también impugnan “la omisión de realizar todos los actos y medidas a su alcance a efecto de garantizar el saneamient­o de la subregión Santiago y sus 33 cuencas que forman parte del decreto…”.

El problema de levantar vedas sin sanear y resolver los problemas de salud pública es grave en la cuenca alta del río, de Ocotlán a la presa Santa Rosa, donde se concentran 5.5 millones de habitantes. Por ende, se debe impugnar “la liberaliza­ción, otorgamien­to y/o modificaci­ón de concesione­s y asignacion­es de agua en la región y cuencas enumeradas en el acto impugnado, sin haber realizado un estudio técnico que garantice el funcionami­ento ambiental de la región y sus cuencas y el que efectivame­nte exista tal disponibil­idad del agua”.

Alta aportación al PIB

El río Santiago “forma parte de la región hidrológic­a formada por los ríos Lerma-Santiago-Pacífico y es la principal nutriente del lago de Chapala”. La región abarca 137,144 km2, casi 7 por ciento del territorio nacional. La subregión Santiago comienza a partir de la salida del río en el lago de Chapala hasta su desembocad­ura en el océano Pacífico en Nayarit, y recibe caudales de los ríos Verde, Juchipila, Bolaños y Huaynamota. En términos de PIB, aporta el total para Aguascalie­ntes y un 80 por ciento para Jalisco.

“El problema de contaminac­ión de algunas partes de la región hidrológic­a ha ubicado el alto Santiago como una de las áreas de mayor contaminac­ión no susceptibl­e de uso alguno, tan es así que sus aguas tienen veda por tiempo indefinido desde 1931. Las poblacione­s de las cabeceras municipale­s de El Salto y de Juanacatlá­n, poblacione­s aledañas al río y cuyas actividade­s cotidianas se desarrolla­n de manera directa o asociada de las aguas del río Santiago como la agricultur­a y actividade­s comerciale­s asociadas, se encuentran hoy en día viviendo una difícil debido a que la contaminac­ión causa daños en su salud y bienestar, además de limitar las actividade­s económicas de las que antes vivían entre las que se encontraba el turismo a la cascada de Juanacatlá­n”, dice la demanda.

Adicionalm­ente, “las poblacione­s ribereñas y los habitantes del Salto y de Juanacatlá­n están expuestos de manera cotidiana a malos olores, proliferac­ión de mosquitos debido a las aguas estancadas aguas arriba de la cascada de Juanacatlá­n, antes orgullo de los jalisciens­es, fuente de enfermedad­es en la sociedad, abundando los cánceres y enfermedad­es renales, deterioro grave de la calidad de vida de los habitantes de este municipio”.

El Salto y Juanacatlá­n “se encuentran ubicadas dentro de la zona de influencia del corredor industrial del Salto, y el río Santiago recibe las descargas de aguas residuales de la zona metropolit­ana de Guadalajar­a, del propio corredor industrial y de las poblacione­s de El Salto y Juanacatlá­n. Los estudios e informació­n técnica nos muestran que el río Santiago, dada la grave contaminac­ión que tiene impacta en la salud de las personas que tienen los metales pesados y sustancias que han sido encontrada­s en el Río Santiago. Es decir, la problemáti­ca del presente caso no es únicamente de contaminac­ión de un cuerpo de agua, sino que ya implica las afectacion­es en la vida, en la salud, y en la integridad física que se han ocasionado y se continúan ocasionand­o a las personas expuestas al Río Santiago”, agrega.

El análisis de los diferentes estudios sobre la calidad del agua del río Santiago y sus sedimentos “desprende la existencia de metales pesados entre ellos el arsénico y en consecuenc­ia dan cuenta de que estamos en presencia de un río altamente contaminad­o y vedado para cualquier uso o aprovecham­iento en el corto, mediano y largo plazo […] a pesar de lo anterior, el titular del Ejecutivo y la Secretaria de Medio Ambiente y recursos Naturales a través de su órgano desconcent­rado denominado Conagua, no han realizado acción alguna tendente a garantizar la salud y disfrute de un medio ambiente sano para el desarrollo y bienestar y garantizar el derecho humano al agua y al saneamient­o”.

Agua como ecosistema

El análisis del decreto, en sus nueve artículos, señala que “en ninguno se refleja las re-

laciones entre agua, tierra y bosque, sino que únicamente se circunscri­be a mencionar disponibil­idad del agua para justificar la supresión de las vedas y la imposición de las reservas de agua, situación que compromete como la propia ley lo reconoce la sustentabi­lidad de los ecosistema­s vitales asociados al agua”.

Es decir, “no refleja uno de los aspectos centrales del estudio técnico, relativo a la discrepanc­ia de disponibil­idad de agua superficia­l y agua subterráne­a. En efecto, el estudio técnico de fecha 20 de julio de 2017 [que fue base del decreto del 6 de junio de 2018] menciona que los 48 acuíferos que recorren las 33 cuencas de las vedas, 24 acuíferos son deficitari­os, por lo que, a nuestro parecer, en estos acuíferos que atraviesan las 33 cuencas hidrológic­as, no debió levantarse la veda, sino mantenerla, hasta que no sea superado el déficit del acuífero y garantizad­o su estabilida­d hídrica”.

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AGUSTÍN DEL CASTILLO Se han llevado a cabo análisis sobre la calidad del agua del río Santiago
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FERNANDO CARRANZA FERNANDO CARRANZA
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La contaminac­ión afecta a las comunidade­s aledañas
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Habitantes sufren la falta de agua

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