Deben dictaminar en beneficio de sociedad
La retroactividad es jurídicamente aceptable si representa “progresividad” en derechos ciudadanos, advierte Gutiérrez
El deslinde de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial (Semadet) de dictaminar la congruencia de los planes parciales de desarrollo urbano de Guadalajara con instrumentos ambientales y urbanísticos, como lo obligan las reformas a la Ley General de Asentamientos Humanos, afecta los derechos de la sociedad, pues la retroactividad en este caso no es “en perjuicio” de los ciudadanos, y México desde su reforma constitucional de 2011 ha establecido la progresividad en la aplicación de las leyes, y se debe optar por lo que beneficie más a los ciudadanos, dijo la doctora en Derecho Raquel Gutiérrez Nájera.
“El argumento de la Semadet, de que los planes empezaron a revisarse con anterioridad a la entrada en vigor de la nueva ley, me parece endeble […] el problema yo creo que es más de fondo, y pensando en reformas, existe una reforma antes , en la propia constitución, donde se incluye la perspectiva de derechos humanos, y que es obligatoria a todas las autoridades, poderes ejecutivo, legislativo y judicial, y si pensamos en esta perspectiva, la Semadet estaría obligada a cumplir los principios de universalidad, de no discriminación, de progresividad, lo que incluye el derecho a habitar las ciudades, al medio ambiente, pro naturaleza, pro desarrollo; me parece que su argumento es muy pobre”, destacó.
Si a eso “le agregamos que Guadalajara incluye en la justificación de los planes los argumentos de esa normatividad, pues lo lógico es que la tiene que aplicar, independientemente de que el proceso haya iniciado antes de que entrara en vigor; sencillamente porque es más progresista y más favorable para garantizar los derechos a la ciudad, nuevamente en referencia a esos principios constitucionales, lo que quita razón a las ponderaciones de la Semadet”, dijo. El principio de no retroactividad aplica en perjuicio, pero en este caso sería una retroactividad en beneficio de la sociedad, ¿es válido verlo así? “Así es, claro, porque aunque empiezan cuando no está en vigor la reforma de la ley, ellos tienen que aplicar la ley más favorable para garantizar los derechos humanos”. ¿Vale la pena que el juez de distrito entre al fondo para analizarlo? “Así es, porque si una ley beneficiosa la aplicas, ya te estás sometiendo a lo más progresivo y benéfico para la sociedad, eso fue el criterio que debió haber aplicado la Semadet, porque de otra manera lo que deja es una inseguridad, al no emitir los dictámenes de congruencia, y qué va a pasar, que se van a judicializar con los primero actos de aplicación de estos planes, y se va a paralizar todo. Para mí eso es no tener visión de estado, de ver qué es más favorable para el medio ambiente, para el bienestar, para garantizar derechos, una visión garantista de derechos”. ¿No es extraño que el Ayuntamiento de Guadalajara rechace esos dictámenes de congruencia?
“Claro, lo que está dejando el municipio son planes y programas en una total vulnerabilidad jurídica, que en los primeros actos de aplicación, cualquier ciudadano que invoque el derecho a la ciudad, de disfrutar un medio ambiente sano, los vamos a poder impugnar por las vías judiciales. El derecho a la ciudad trae principios importante como no regresividad, ni un metro menos de lo que hay, por ejemplo, de parques y espacios públicos, y creo que ese es el fondo del asunto: que los planes parciales de Guadalajara no están acordes a estos principios de política pública ambiental, local urbana, y quizás por eso quieren evitar el filtro de la dictaminación”.