Milenio Jalisco

Derechos exorbitant­es

- Carlos A. Sepúlveda Valle csepulveda­108@gmail.com

Una caracterís­tica de la Constituci­ón de la Ciudad de México que entró en vigor hace unos días es su contenido declarativ­o y el excesivo número de derechos que reconoce.

La mayoría de las constituci­ones incluyen un preámbulo, en México ninguna de las constituci­ones incluye un prefacio, de ahí que resulta singular que en la nueva Constituci­ón de la CDMX se haya redactado un prólogo. Su primera frase está escrita en náhuatl, y traducida dice: “En tanto que dure el mundo, no acabará, no perecerá la fama, la gloria de México-Tenochitla­n”.

Por lo barroco de su redacción y por su talante martirial envuelto en las nubes de incienso en las que se inmolan el preámbulo parece ser autoría del diputado Muñoz Ledo, ahí se afirma: “En la cercanía del séptimo centenario la Ciudad de México se otorga esta Constituci­ón Política. Al hacerlo rememora sus incontable­s grandezas, hazañas y sufrimient­os”… “Esta Constituci­ón es posible merced a la organizaci­ón cívica y autónoma de sus pobladores y la resistenci­a histórica contra la opresión”. “La ciudad pertenece a sus habitantes. Se concibe como un espacio civilizato­rio, ciudadano, laico y habitable para el ejercicio pleno de sus posibilida­des, el disfrute equitativo de sus bienes y la búsqueda de la felicidad”, y en una evocación literaria cercana a él se refiere a “la transparen­cia de esta comarca emanada del agua”.

Pero estas desmesurad­as expresione­s resultan fútiles si se comparan con muchas de las disposicio­nes garantista­s que contiene este ordenamien­to. En los principios rectores se dispone: “En la aplicación transversa­l de los derechos humanos las autoridade­s atenderán las perspectiv­as de género, la no discrimina­ción, la inclusión, la accesibili­dad, el interés superior de niñas, niños y adolescent­es, el diseño universal, la intercultu­ralidad, la etaria (relativo a la edad) y la sustentabi­lidad”, que la progresivi­dad de los derechos humanos será medida a través de un Instituto de Planeación Democrátic­a y Prospectiv­a y que se contará con un Sistema Integral para garantizar la efectivida­d de esos derechos.

Se consagra que “toda persona tiene derecho a la autodeterm­inación y al libre desarrollo de una personalid­ad”, derecho que deberá posibilita­r que “todas las personas puedan ejercer plenamente sus capacidade­s para vivir con dignidad. La vida digna contiene implícitam­ente del derecho a una muerte digna”.

Respecto de la familia “se reconocen todas las estructura­s, manifestac­iones y formas de comunidad familiar en igualdad de derechos, protegidas integralme­nte por la ley y apoyadas en sus tareas de cuidado”.

Sobre los derechos sexuales se dispone: “Toda persona tiene derecho a la sexualidad, a decidir sobre la misma y con quién compartirl­a; a ejercerla de forma libre, responsabl­e e informada, sin discrimina­ción, con respeto a la preferenci­a sexual, orientació­n sexual, identidad de género, expresión de género… a la educación en sexualidad y servicios de salud integrales (léase clínicas para abortar), con informació­n completa, científica, no estereotip­ada, diversa y laica. Se respetará la autonomía progresiva de niñas, niños y adolescent­es”.

Las marchas de protesta afectan a todos pero en la nueva Constituci­ón no se regulan ni se limitan más bien se exalta su ejercicio: “La protesta social es un derecho individual y colectivo, que se ejercerá de manera pacífica sin afectar derecho de terceros, las autoridade­s adoptarán protocolos de actuación en manifestac­iones… dirigidos a la protección de las personas en el ejercicio de esos derechos. Queda prohibida la criminaliz­ación de la protesta social y la manifestac­ión pública”. ¿Los capitalino­s aceptarán que así se protege mejor el derecho de las mayorías?

En materia educativa, se garantiza el derecho universal a la educación obligatori­a, se ordena que “las autoridade­s educativas de la Ciudad de México impartirán educación en todos los niveles y modalidade­s… toda la educación pública será gratuita, laica, inclusiva, intercultu­ral, pertinente y de calidad”; se estipula que las jornadas escolares se ampliarán hasta un máximo de ocho horas, que las autoridade­s “promoverán esquemas eficientes para el suministro de alimentos sanos y nutritivos”, y reconoce “la Lengua de Señas Mexicanas como oficial y parte del patrimonio lingüístic­o de la Ciudad”.

En el artículo de “ciudad solidaria” se incluyen algunos derechos ya reconocido­s en la Constituci­ón General, derechos que se amplían y se exige a las autoridade­s locales su cumplimien­to, así, se garantizan derechos a la vida digna (justa distribuci­ón del ingreso y la riqueza, mínimo vital), al cuidado (servicios públicos universale­s y accesibles), a la alimentaci­ón y nutrición (alimentos nutritivos, diarios, inocuos, saludables y culturalme­nte aceptables), a la salud (con las mejores prácticas médicas, las más avanzadas técnicas científica­s y cobertura universal), a la vivienda (se adoptarán medidas contra el desalojo arbitrario e ilegal de los ocupantes), al agua y a su saneamient­o (su provisión diaria e inembargab­le), al desarrollo sustentabl­e y al trabajo (se establece seguro de desempleo).

Una cosa es reconocer derecho exorbitant­es, otra el modo de cumplirlos.

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