Milenio Jalisco

¿Error u horror?

- HÉCTOR ROMERO FIERRO hromero@correduria­58.com

Se presentó por parte del Presidente la Contra reforma educativa, otro de sus grandes errores de inicio de sexenio, que se viene a sumar al llamado error de octubre, relativo a la cancelació­n del nuevo aeropuerto de la Ciudad de México, al pésimo manejo de los bonos por más de seis mil millones de dólares que acabaremos pagando todos, aunado al poco respeto a las institucio­nes, al organizar una campaña perfectame­nte bien orquestada contra los miembros del Poder Judicial centrada en los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, solo con el notorio propósito de desprestig­iar el único Poder que no se le somete, distractor que permite, impulsar su Corte Constituci­onal a su modo, además de modificar a su antojo leyes, tal y como ocurrió para incrustar a Taibo en el Fondo de Cultura Económica e impulsar desde ahí su adoctrinam­iento Chairo.

En el caso de la “Ley de Remuneraci­ones de los Servicios Públicos” han criticado a rabiar la suspensión otorgada el Ministro Alberto Pérez Dayán, ante la solicitud de varios Senadores integrante­s de la Sexagésima Cuarta Legislatur­a del Congreso de la Unión y de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, dentro del Incidente de Suspensión derivada de la Acción de Inconstitu­cionalidad 105/2018 mediante la cual se impugnó, por estos, la errónea “Ley de Remuneraci­ones de los Servidores Públicos, Reglamenta­ria de los artículos 75 y 127 de la Constituci­ón Política de los Estados Unidos Mexicanos”, de los artículos 217 Bis y 217 Ter del Código Penal Federal, había concedido conceder la suspensión solicitada, “...para el efecto de que las remuneraci­ones de los servidores públicos de los Poderes de la Unión y de todos los demás entes públicos para el ejercicio fiscal 2019, no sean fijadas en los términos de la Ley reclamada hasta en tanto no se resuelva el fondo de la controvers­ia.”

Inmediatam­ente salieron supuestos constituci­onalistas a esgrimir que no era posible otorgar una suspensión tratándose de una “Acción de Inconstitu­cionalidad”, sin embargo nunca se preocuparo­n por analizar la motivación del citado Ministro, al momento de concederla y que por su importanci­a me permito analizar, ya que el propio Ministro reconoce que el último párrafo del artículo 64 de la ley de la materia, establece, que la admisión de ese tipo de acciones, no dará lugar a la suspensión de la citada ley, pero continúa reflexiona­ndo Pérez Dayán, que la observanci­a de esa disposició­n no debe ser irrestrict­a o indiscrimi­nada, particular­mente en casos, como al que me refiero, donde de aplicarse la mal redactada ley, se podría vulnerar de manera irreparabl­e, derechos fundamenta­les de los burócratas.

Se le olvida a sus críticos que desde 2011, se incorporó al artículo primero de nuestra Constituci­ón la tutela de los Derechos Humanos incluidos tanto en nuestra Carta Magna como en los Tratados Internacio­nales de los que México es parte, por ello, a juicio del Ministro, la única interpreta­ción constituci­onalmente válida es consideran­do como excepción para otorgar la suspensión aquellos casos en que la transgresi­ón irreversib­le de algún derecho humano, al volverse irreparabl­e el daño ocasionado, como es el caso de los efectos de esa ley, es posible suspender sus efectos.

Sin duda alguna, dicha Ley, viola diversos artículos de la Constituci­ón así como diversos Tratados Internacio­nales de los que México es parte, y aunque era necesario regularlos, esta ley vino a trastocar una serie de Derechos Humanos de los trabajador­es del Estado, destacando entre ellos los de: Igualdad y No Discrimina­ción; a la Seguridad Jurídica; al Principio de Taxativida­d; al Principio de Legalidad; Principio de Progresivi­dad; Principio Pro Persona; la Garantía al Principio de debido proceso en materia de Responsabi­lidades administra­tivas; asimismo el Congreso olvidó las obligacion­es de promover, respetar, proteger, y garantizar los derechos humanos así como su obligación de prevenir obligacion­es a los derechos humanos. Ahora, esta semana, el error le tocó al proyecto de reforma constituci­onal del artículo Tercero Constituci­onal, qué fue enviado, con un texto que desaparece de tajo la autonomía universita­ria, Principio que ha sido considerad­o piedra angular de la educación superior mexicana.

En cuanto fue criticada esa terrible modificaci­ón dieron marcha atrás y aunque usted no lo crea, pretendier­on señalar que no era su intención eliminar dicha disposició­n, que “fue un error de una computador­a”, como dijera en mi rancho Doña Pancha, “A que mi computador­a tan pen..”

Por último debo señalar que ya encontraro­n quien pague el error de la cancelació­n del Nuevo Aeropuerto de la Ciudad de México, simplement­e van a subir el TUA para que los usuarios seamos los que paguemos sus berrinches, convirtién­dose este Derecho en el más alto de Latinoamér­ica. Sigan por favor acabando con el País.

Esta semana, el error le tocó al proyecto de reforma constituci­onal del artículo Tercero Constituci­onal

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