Milenio Jalisco

Guardia Nacional: hasta 60 años de cárcel por pasarse al crimen

Senado. La iniciativa prevé régimen disciplina­rio “estricto” para sus integrante­s, quienes harán escuchas e infraccion­arán; cada estado deberá tener su unidad de inteligenc­ia financiera

- F. DAMIÁN Y A. MERCADO,

Con una pena de entre 30 y 60 años de cárcel serán sancionado­s los elementos de la Guardia Nacional que se incorporen a las filas de la delincuenc­ia organizada.

A su vez, quienes utilicen fuerza, bienes o personal de la corporació­n a favor de algún grupo criminal, recluten elementos de la institució­n para las asociacion­es delictivas, proporcion­en protección, den facilidade­s, presten algún servicio o entreguen informació­n a dichas organizaci­ones alcanzarán un castigo de 15 a 60 años de prisión.

De acuerdo con la iniciativa de Ley de la Guardia Nacional presentada por el Ejecutivo al Senado de la República, la misma penalidad se aplicará a mandos o personal de tropa que incumplan su obligación de actuar contra integrante­s del crimen organizado, obstaculic­en acciones contra esos grupos o incluso faciliten o protejan la fuga de sus integrante­s.

La legislació­n propuesta subraya que el personal de la nueva institució­n policial estará sujeto a un régimen disciplina­rio “particular­mente estricto” y para ello define un conjunto de delitos especiales aplicables exclusivam­ente a los integrante­s de la corporació­n.

Bajo esa lógica, en el capítulo denominado “De los delitos contra la disciplina” se enumera incluso el extravío de arma, con una sanción de tres a seis años de prisión, y el mismo castigo para aquel elemento al que, “por su culpa”, le sea robada el arma de cargo.

Igualmente tipifica el delito de insubordin­ación, que, en su caso, comete el personal de la Guardia Nacional que, con palabras, ademanes, señas, gestos, golpes o de cualquier otra manera, falte al respeto o afecte la integridad física de un superior.

En la hipótesis de que la indiscipli­na se cometa con palabras, ademanes o de cualquiera otra manera que no constituya una “vía de hecho”, la sanción será de uno a tres años de prisión, pero si la insubordin­ación provocara la muerte del superior, el castigo irá de 30 a 60 años de cárcel.

En contrapart­e, la iniciativa presidenci­al prevé también el delito de abuso del ejercicio de mando, en el que incurriría el personal de la Guardia Nacional que trate a un subalterno, en razón de su jerarquía, cargo o comisión, “de un modo contrario a la normativa”.

En el caso de menor gravedad, cuando el superior dé órdenes de interés personal, o que no tengan relación con el servicio, o para impedir la ejecución de los deberes o facultades del inferior, el castigo previsto es de seis meses a un año de prisión.

Las sanciones van en aumento cuando el abuso pase a los insultos o el maltrato físico con consecuenc­ias como cicatrices, enfermedad­es o lesiones permanente­s, hasta llegar a la muerte del subalterno, que en su caso ameritaría la sanción máxima de entre 30 y 60 años de cárcel.

“Servidores honestos”

Según se señala en la exposición de motivos de la iniciativa presidenci­al, el objetivo del ré

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JAVIER RÍOS El extravío del arma de cargo por parte de los elementos será castigado con hasta seis años de prisión.

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