Los freelance pueden afiliarse al IMSS
Para acceder a los servicios de atención médica y a una pensión por vejez, a partir de los 65 años de edad, las personas que trabajen de manera independiente o como freelance, pueden afiliarse al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Jalisco.
Así lo informó el supervisor de Afiliación y Vigencia de la institución, José Alberto Llanos Ortiz. Detalló que los beneficios se otorgan tanto al trabajador como a sus familiares directos, es decir esposa (o) o concubina (o), hijos y padres por una aportación única anual de 10 mil 165.94 pesos.
“El pago es anticipado, es decir, se paga hoy y el primer día del siguiente mes ya se cuenta con los servicios. Conocemos a esta modalidad como 44 y entró en vigor a partir de 1997. La cotización del retiro se hace con base al salario mínimo. Aunque es significativo el número de personas que trabajan de esta manera, la demanda del aseguramiento es aún muy baja”.
Para solicitar este servicio es necesario acudir a la Subdelegación que corresponda y presentar los siguientes documentos: acta de nacimiento, CURP, identificación oficial con fotografía, comprobante de domicilio no mayor a tres meses y documentación del SAT que acredite actividad empresarial.
Genitales ambiguos
Para ofrecer una expectativa de tratamiento, manejo y acompañamiento en aquellos niños y adolescentes que nacieron con genitales ambiguos y a quienes no se puede establecer su género, desde hace más de 20 años la Unidad Médica deAltaEspecialidad(UMAE)enla Ciudad de México, cuenta con una Clínica de Enfermedades de Diferenciación Sexual.
El doctor Salvador Cuevas Villegas, jefe del Servicio de Urología Pediátrica, informó que los trastornos de diferenciación sexual se presentan con cierta frecuencia. Cifras mundiales indican que uno de cada 100 a 200 niños es intersexual y uno de cada mil a dos mil niños nace con genitales ambiguos.
“El pago es anticipado, es decir, se paga hoy y el primer día del siguiente mes ya se cuenta con los servicios. Conocemos a esta modalidad como 44 y entró en vigor a partir de 1997. La cotización del retiro se hace con base al salario mínimo.” José Alberto Llanos Ortiz
Supervisor de Afiliación y Vigencia