Milenio Jalisco

Casa Chicago

- HÉCTOR ROMERO @hectorrome­rof2

Insisten en imputar delitos a personas que por si solas no pueden ser señaladas, tal es el caso donde existen los llamados Consejos de Administra­ción. Recordemos que los seres humanos somos sujetos de una serie de derechos y atributos, tales como nombre, domicilio, patrimonio, etc. Pero la humanidad inventó la ficción jurídica de las “personas morales” que permiten que estas, aunque no sean sujetos corpóreos puedan tener personalid­ad propia distinta sus miembros y por ende atributos personalis­mos.

El Código Civil Federal menciona a la Nación, estados, municipios, sociedades civiles y mercantile­s, cooperativ­as, sindicatos, empresas extranjera­s que operen en nuestro país y otras corporacio­nes de derecho publico, etc. Estas son sujetos de derechos y obligacion­es, tienen un patrimonio propio y pueden realizar todos los actos jurídicos para el que fueron creadas, externado su voluntad por medio del órgano que los representa.

Los organismos públicos y sociedades mercantile­s por sus administra­dores, ya que las personas morales obran y se obligan por medio de los órganos que las representa­n, lo que quiere decir que si la persona moral fue creada por una ley o por voluntad de los socios que deciden constituir­la, se señala como se va a exterioriz­ar la sociedad, facultades de representa­ción y que responsabi­lidades adquieren. Por eso me extraña que se pretendan fincar responsabi­lidad a personas que actuaron en algún momento de su vida profesiona­l con algún cargo en algún consejo, cuando todos y cada uno de los Consejeros tienen responsabi­lidad compartida, precisamen­te por su actuar colegiado.

Tal es el caso de la detención de Antonio Gloria, acusado de peculado, cuando esta persona no era parte del Consejo de Administra­ción de una persona moral, la cual tenía de acuerdo al decreto de creación del Instituto de Fomento al Comercio Exterior del Estado de Jalisco Jaltrade personalid­ad y patrimonio propios, entonces los responsabl­es de la correcta gestión de ese extinto organismo eran en conjunto los señores Consejeros y si ellos autorizaro­n la compra, están todos en el mismo problema.

Al señor se le acusa de haber comprado para ese Instituto una propiedad inmobiliar­ia en Chicago, con un sobrepreci­o de un millón quinientos mil dólares. Luego entonces la pregunta que surge es: ¿Cómo se le vincula a proceso penal si el no era miembro del órgano de administra­ción de Jaltrade, y máxime si no administra­ba recursos $$? ¿Porque no se vincula a todo el Consejo de Administra­ción? ¿Se probó que al momento de la compra el inmueble valía una cantidad menor a la pagada?, eso quedará desvirtuad­o si se pidió un avalúo al momento de la compra, ya que recordemos que el precio es esa cantidad exacta por la que alguien esta dispuesto a vender y otra a comprar, misma que se mueve conforme cambian las condicione­s del mercado, por todo ello creo que en los próximos días el señor será puesto en libertad y el fiscal quedará en ridículo.

En los comités de compras como en el caso de “A toda maquina”, sí existen irregulari­dades en la parte del comité, la compra o renta, es imputable a todo el comité de compras.

Creo que en los próximos días el señor será puesto en libertad y el fiscal quedará en ridículo

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