Denuncian a presuntos abogados ante Fiscalía
Acción. La STyPS presentó la querella contra siete supuestos litigantes como parte de la campaña Rechazamos el Coyotaje
Ante la Fiscalía del Estado, fueron denunciados siete presuntos abogados por el delito de usurpación de profesión y posible fraude por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STyPS) en la entidad.
De acuerdo con un comunicado, las acciones jurídicas se llevan a cabo como parte de la campaña denominada Rechazamos el Coyotaje, la cual privilegia la atención gratuita a empleadores y empleados, donde se prioriza la conciliación entre ambas partes.
La dependencia puntualizó que los presuntos abogados lucran y se aprovechan de la problemática laboral por la que atraviesan las personas y logran, mediante engaños, que se les confíen sus trámites.
Los señalados simulan que se llevan a cabo juicios laborales y elevan ilegalmente los salarios de los trabajadores para obtener mayor remuneración económica, además les hacen firmar pagarés en blanco y contrato de representación con cobros que van desde un 30 a un 50 por ciento del total del laudo.
En las acciones que implementan –coyotes o pseudo abogadosse ha detectado que abandonan los procedimientos dejando en estado de indefensión a los trabajadores, para generar arreglos fuera de la ley con las contrapartes y perder los juicios causando afectaciones económicas al empleado.
Como parte del reforzamiento de la denuncia ante la Fiscalía, la dependencia estatal solicitó también el apoyo de la Dirección de Profesiones del Estado para que verifique si los denunciados cuentan con la cédula profesional que los acredita como abogados titulados como lo indica la Ley Federal del Trabajo en su artículo 692, apartado II.
Cabe resaltar que la STyPS cuenta con un padrón de litigantes que es un registro abierto y permanente de abogados, quienes se inscriben para agilizar sus procedimientos y mostrar jurídicamente la validez laboral. Desde diciembre de 2012 a la fecha está integrado por 3 mil 564 profesionales del derecho.
El Artículo 692, sección II, estipula que “los abogados, patrones o asesores legales de las partes, sean o no apoderados de éstas, deberán acreditar ser abogados o licenciados en derecho con cédula profesional o personas que cuenten con carta de pasante vigente expedida por la autoridad competente para ejercer dicha profesión. Sólo se podrá autorizar a otras personas para oír notificaciones y recibir documentos, pero éstas no podrán comparecer en las audiencias ni afectar promoción alguna”.