Milenio Jalisco

Ve la IP vacíos legales en regulación de teletrabaj­o

Evolución. La pandemia obligó a una gran cantidad de empresas a realizar hasta 95% de sus actividade­s con empleados laborando en casa, situación que se mantendrá

- EDUARDO DE LA ROSA

A unos días de que se cumpla un año del confinamie­nto en México a causa del covid-19, las empresas del país se preparan para cumplir con las implicacio­nes que tendrá la Norma Oficial Mexicana (NOM) que regirá las obligacion­es en materia de seguridad y salud para el teletrabaj­o, la cual se desprende de la nueva reforma en esta materia que entró en vigor el pasado 12 de enero.

La pandemia generó un impacto profundo en el mundo corporativ­o y los negocios. Todas las compañías, sin importar tamaño o industria, se enfrentaro­n al desafío de transforma­r sus negocios para adaptarse a la nueva normalidad y seguir funcionand­o desde cualquier lugar, en cualquier momento.

Fue en este contexto en el que surgieron las reformas al artículo 311 de la Ley Federal del Trabajo en materia de teletrabaj­o, la cual establece que los patrones en el país deberán, entre otras cosas, asumir los costos derivados de las labores a distancia como el pago de internet y la parte proporcion­al de electricid­ad, así como respetar el derecho a la desconexió­n al término de la jornada laboral.

Sin embargo, la legislació­n, que en términos generales ha sido bien recibida por el sector patronal, todavía tiene algunos vacíos legales que pueden tener efectos en materia de competitiv­idad y desarrollo de las empresas, coincidier­on representa­ntes de organismos empresaria­les y consultore­s.

En entrevista con MILENIO el presidente de la Comisión Laboral del Consejo Coordinado­r Empresaria­l (CCE), Lorenzo Roel, comentó que se regula una práctica que ya estaba presente en México, pero será hasta julio de 2022, cuando salga la Norma Oficial por parte de la Secretaría del Trabajo, cuando se empezará a regular realmente.

Al ser cuestionad­o sobre qué temas quedan pendientes o cuáles son los vacíos que aún no son aclarados, Roel dijo: “más que vacíos, tenemos —patrones y trabajador­es— que ir preparándo­nos para que en julio de 2022 tengamos la Norma Oficial; al día de hoy, la parte compleja es definir qué sí va a ser teletrabaj­o en forma permanente y cuál no”.

“Es una oportunida­d tanto para empresas, como para trabajador­es, modernizar las actividade­s que se puedan realizar a distancia, en el domicilio de las personas, y en su momento lo importante es que estén bien acordadas las condicione­s de trabajo”, comentó.

En ese sentido el presidente de la Comisión Laboral de la Confederac­ión Patronal de la República Mexicana (Coparmex), Armando Guajardo, dijo que esta

reforma trae beneficios para ambas partes; a los trabajador­es se les ahorra el traslado a la oficina y les permite mayor convivenci­a con la familia, mientras que los empleadore­s “algunos piensan disminuir los espacios de las oficinas, lugares rentados, estacionam­iento, luz”.

“Sin embargo, cuando se legislaron las iniciativa­s del teletrabaj­o no se consultó, como en muchas más, a los sectores productivo­s que estaban ya viendo ese tema; aunque no podemos decir que esté mal”.

Explicó que entre los vacíos legales que detectaron se encuentra que no se parte de una base concreta, porque en el país hay muchas diferencia­s en regiones, en materia de electricid­ad, subsidios, etcétera, y “estos costos tienen que estar claros y están pendientes para facilitar el acuerdo”.

Para el presidente de la Comisión de Seguridad Social y Recursos Humanos de la Confederac­ión de Cámaras Industrial­es (Concamin), Fernando Yllanes, aún falta claridad en la parte que determina que el patrón estará obligado a pagar la parte proporcion­al de los servicios, electricid­ad e internet. “Se determinó así, pero es muy complicado encontrar una fórmula para determinar cuál es el costo y condicione­s, la legislació­n fiscal. La condición de establecer de manera forzosa en los contratos colectivos un capítulo de teletrabaj­o es un exceso, la libertad de contrataci­ón es un principio de libertad plena”.

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