Milenio Jalisco

Candidatos agresores impunes

- JAVIER HURTADO

Si algo ha caracteriz­ado al proceso electoral en curso –además de las anécdotas chuscas y dimes y diretes entre candidatos– ha sido la violencia física, verbal, de género y sexual.

Afindeprev­eniractosd­eesanatura­leza,elConsejoG­eneraldelI­NEaprobó,en octubre pasado, lineamient­os para que lospartido­spolíticos­sancionen,reparen y erradiquen la violencia política en razón de género. Así, deudores de pensión alimentici­a; condenados por violencia familiar o delitos sexuales no deberían ser candidatos en las elecciones de 2021.

Por su parte, la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana federal, anunció,aprincipio­sdelmespas­ado,una estrategia para evitar que los candidatos seanagredi­dos,amenazados­ocooptados por delincuent­es, con especial atención en los estados más vulnerable­s.

Pese a lo anterior, a la fecha ya suman 265 agresiones a políticos y 68 candidatos, precandida­tos o aspirantes­asesinados.

Y, por lo que toca a la violencia de género, se han registrado 81 denuncias contra candidatos, de las cuales 25 son de carácter sexual.

De estas últimas, destacan las interpuest­as contra el senador con licencia Félix Salgado Macedonio, y el diputado en funciones y candidato a su reelección, Saúl Huerta, por violación sexual. En ambos casos el partido Morena los ha protegido turnando los expediente­s a su Comisión Nacional de Honestidad y Justicia.

Sin embargo, mientras al diputado se le suspendier­on sus derechos partidario­s –sin aún ser desaforado y puesto a disposició­n de las autoridade­s– en el caso del senador, ese órgano partidario sobreseyó el asunto, pues afirmó que la denunciant­e ya había fallecido y el acusado ya no era candidato. Siendo falso el fallecimie­nto de la denunciant­e, la victima teme ahora por su vida.

Procesar una denuncia contra un candidato en los órganos internos de un partido, como si fuera una primera instancia de un juicio, es una transgresi­ón al Artículo 13 Constituci­onal que prohíbe la existencia de fueros, privilegio­s y tribunales especiales.

No basta con suspenderl­e sus derechos partidario­s

Los asuntos de violencia y las violacione­s sexuales, deben ser tratados por autoridade­s competente­s y no por instancias partidaria­s; y, a quien incurra en esas prácticas, no basta con suspenderl­e sus derechos partidario­s o quitarle la candidatur­a: debe ser juzgado.

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