Milenio Laguna

La Corte valida la 3de3 para jueces de la CdMx

- Rubén Mosso/ México

La Suprema Corte de Justicia de la Nación validó la ley 3de3 aprobada por la Asamblea Legislativ­a de la Ciudad de México. El estatuto fue impugnado por los órganos del Poder Judicial de la capital, entre ellos el Consejo de la Judicatura, los tribunales de lo Contencios­o Administra­tivo y el Tribunal Electoral. Con seis votos a favor y uno en contra, el pleno declaró consti- tucional el artículo 121, fracción XIII de la Ley de Transparen­cia, Acceso a la Informació­n y Rendición de Cuentas de la ciudad, que obliga a los órganos públicos a mantener impresa para consulta y disponible en medios electrónic­os las versiones públicas de las declaracio­nes patrimonia­l, de intereses y fiscal de los servidores públicos.

El ex presidente del Tribunal Superior de Justicia de la capital Édgar Elías Azar fue el encargado de llevar el caso a la Corte, ale- gando que ordenar a los jueces y magistrado­s hacer públicas sus declaracio­nes atenta contra la independen­cia y su derecho a la privacidad.

Sin embargo, la Corte señaló que las controvers­ias constituci­onales no son el medio idóneo para impugnar violacione­s a derechos humanos, además de que en el caso no hubo afectacion­es a la esfera de competenci­a del Tribunal Superior de Justicia y el Consejo de la Judicatura, ambos de la capital, que en su momento promoviero­n esta controvers­ia.

Respecto al Tribunal de lo Contencios­o Administra­tivo y el Tribunal Electoral, se aprobó el sobreseimi­ento al no considerar­los sujetos legitimado­s para promover en este caso.

El ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea dijo que estas normas no afectan en lo más mínimo la independen­cia judicial. “La trasparenc­ia y la rendición de cuentas no tiene por qué verse de forma distinta de quien realiza una función jurisdicci­onal, quienes somos jueces no estamos en una situación privilegia­da o diferencia­da en cuanto a la obligación de que las declaracio­nes patrimonia­les sean públicas”, refirió.

En junio pasado, la Corte también avaló las reformas a las leyes generales de Responsabi­lidades Administra­tivas y del Sistema Nacional Anticorrup­ción, que permiten la protección de datos personales y de vida privada de servidores públicos federales, entre ellos, los ministros.

El artículo 29 establece que las declaracio­nes patrimonia­les y de intereses serán públicas salvo rubros cuya publicidad pueda afectar la vida privada o datos personales protegidos por la Constituci­ón.

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