Tribunal Electoral avala el triunfo de Riquelme Solís
Magistrados anulan los cómputos de 67 casillas, que impacta en el 1.84% del total de las 3,600 que se instalaron
Magistrados anulan los cómputos de 67 casillas, que impacta en el 1.84% del total Algunos de los agravios fueron parcialmente fundados, pero insuficientes: Valdés “Frente Coahuila Digno” afirma que impugnará la resolución
El Pleno del Tribunal Electoral de Coahuila (TEEC) determinó, con dos votos a favor y uno en contra, que no existen elementos suficientes para declarar la anulación de la elección de Gobernador del Estado, por lo que validó el triunfo de Miguel Ángel Riquelme Solís.
El Presidente del Tribunal Electoral Local, Valeriano Valdés Cabello, reconoció que en el proceso electoral sí existieron irregularidades, sin embargo aseguró que éstas no fueron suficientes para declarar la nulidad de la elección, solo fueron suficientes para una recomposición de los votos que no modifican el resultado de la misma.
El Pleno resolvió 38 impugnaciones presentadas por la Coalición Alianza Ciudadana por Coahuila, encabezada por el PAN, en contra de los cómputos municipales y distritales, para la elección de Gobernador del Estado.
De igual manera, los magistrados resolvieron las cuatro impugnaciones principales, presentadas por el PAN, MORENA, Javier Guerrero y Luis Horacio Salinas, en contra del cómputo estatal de la elección de Gobernador, realizado por el IEC. “Se valida el triunfo de la Coalición por un Coahuila Seguro y su candidato, se ordena hacer la recomposición de los cómputos, se confirma la declaración de la validez de la elección, se confirma la entrega de la constancia de mayoría”, explicó Valdés Cabello.
El TEEC determinó la anulación de los cómputos de 67 casillas, que impacta en el 1.84 por ciento del total de las 3 mil 600 casillas que se instalaron, en la pasada elección de Gobernador de Coahuila.
Esto luego de resolver los asuntos relacionados con violaciones a la cadena de custodia de los paquetes electorales, el desarrollo de las sesiones de cómputo municipal y distrital; la falta de fundamentación a la apertura de paquetes electorales.
Así como la instalación de Casillas en lugar distintos a los establecidos por la airosidad electoral, la entrega de paquetes electorales a comités fuera de lo establecido en la ley y la suplantación de funcionarios de casilla.
En este sentido se concluyó que de un total de 2 mil 985 casillas que fueron recontadas, 28 se abrieron sin causa legal y fueron invalidadas; 22 casillas se invalidaron por comprobar que se instalaron en lugares distintos a los señalados por la autoridad; y 43 casillas se anularon por la suplantación de los funcionarios. “Algunos de los agravios fueron parcialmente fundados, pero insuficientes para alcanzar la pretensión final de anular la votación y consecuentemente la elección”, dijo el presidente del TEEC.
Además se modificaron los resultados del conteo de la elección, de tal manera que de 482 mil votos de la Coalición Por un Coahuila Seguro, encabezada por el PRI, se redujo a 473 mil 806 votos; en tanto que de los 452 mil votos que obtuvo la Coalición Alianza Ciudadana Por Coahuila, encabezada por el PAN, se redujo a 445 mil 46 votos.
El Magistrado Ramón Guridi Mijares emitió su voto en contra del proyecto y por la nulidad de la elección por violaciones a principios constitucionales, destacando que las irregularidades que existieron en el proceso electoral son determinantes y suficientes para que se declarara la nulidad de la elección.
La magistrada Elena Treviño Ramírez señaló que las resoluciones emitidas por este tribunal están sustentadas en un estudio exhaustivo de todas las pruebas que fueron allegadas y de los documentos que fueron requeridas, así como la complementación de las resoluciones de otras instancias.
Asimismo indicó que los tiempos establecidos en la ley no les permite “tomar más días” para emitir una resolución en definitiva, razón por la cual emitió su voto a favor de los proyectos por los que se ratifica el triunfo de Riquelme.
El magistrado Valeriano Valdés destacó el tema del rebase de topes de gastos de campaña, uno de los 14 agravios del juicio de nulidad, que fue resuelto por el INE quien determinó que fue solo por el 1.6 por ciento, por lo que no fue determinante para la nulidad de la elección.