Milenio Laguna

Más preguntas sobre la liberación del líder matazetas

- CARLOS PUIG Twitter: @puigcarlos

El oficio No. SEGOB/CNS/OADPRS 31052/2017 está dirigido al “Lic. José Luis Roiz Flores, Director del CEFERESO No. 2 Occidente”. Tiene fecha del 16 de diciembre de 2017.

Ahí se informa que se ha recibido la sentencia en la causa penal 110/2012-VI, dictada por el juez Alejandro Castro Peña, Tercero de Distrito de Procesos Penales en el estado de Jalisco con sede en Puente Grande, de fecha 29 de diciembre de 2017.

En esa sentencia se absuelve a Érick Valencia Salazar o Éric Valencia Salazar o Gerardo Sánchez Espinoza, alias El 85, por los delitos de delincuenc­ia organizada, acopio de armas, posesión de cartuchos para armas de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada o Fuerza Aérea, posesión de cartuchos en cantidades mayores a las permitidas, y portación de armas de fuego de uso exclusivo del Ejército.

En el oficio, firmado por José Alberto Ro- dríguez Calderón, comisionad­o del Órgano Administra­tivo Desconcent­rado de Prevención y Reinserció­n Social, se dice también que después de las búsquedas pertinente­s, Valencia Salazar “no registra datos de procesos penales pendientes y/o sentencias por compurgar ni antecedent­es penales” y, por lo tanto, hay que liberarlo.

¿Por qué un oficio del 16 de diciembre habla de una sentencia del 29 de diciembre? Un error, me dicen.

¿Qué pasó con ese expediente en cinco años que terminó en absolución? ¿Quién se distrajo? Cuando el general Trevilla anunció la detención, dijo: “A los detenidos les fueron aseguradas 6 armas cortas, 37 armas largas, entre las que destacan 19 fusiles AR-15 con aditamento lanzagrana­das, 2 ametrallad­oras y 2 fusiles Barret; 3 granadas de mano de fragmentac­ión, 119 cargadores para diver- sas armas, 69 mil cartuchos de diferentes calibres (...) Es preciso señalar que dichas personas presentaro­n resistenci­a a su detención, agrediendo al personal militar con disparos de arma de fuego, por lo cual se les conminó a deponer las armas, negándose a dicha acción, y ante tal situación las tropas repelieron la agresión, resultando heridos, Valencia Salazar en la mano derecha debido a la detonación de una granada que intentó lanzar contra los efectivos militares…”. Eso se llama flagrancia. ¿Qué tan mal se armó ese expediente que ahora ha merecido la absolución? ¿Y el juez? ¿Cómo decidió? Por cierto, el 6 de enero fue liberado, en Jalisco también, el yerno de El Mencho. Los abogados del cártel de Jalisco Nueva

Generación deben ser unos genios. O algo anda muy mal.

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