Legisladores ya trabajan para buscar mecanismos que eviten que deudores sigan sin pagar pensiones
no requiere de legislación adicional, porque en estos momentos se hablan de términos legales nuevos.
Hernández Camargo comentó que solamente hay que aplicar la ley, porque se habla que si un hombre no cumple, puede ser hasta arrestado. Incluso se podrían embargar bienes inmuebles.
Los alimentos de los hijos es lo primero que se debe de considerar, cuando se trata de un embargo. La pensión se puede descontar de los salarios. Sostuvo además que cuando los hombres no se ajusten a la ley, se arresten.
Y dejó en claro que tiene conocimiento de aprehensiones. Para los omisos, dijo que no cuentan con documentos que avalen que cuentan con percepciones, se les debe de fijar una cantidad mínima obligatorio por parte de los jueces. Y se aseguran bienes.
El asunto, externó, que el Tribunal Superior de Justicia aplique la ley, y se logrará que los hombres paguen su pensión alimenticia.
Destacó que se tiene el conocimiento que si los diputados tuvieran voluntad política, el buró financiero ahí se podrían considerar a los deudores alimentarios. No es necesario realizar una nueva ley, puede ser de esta manera.
Jueces deben aplicar leyes
Por su parte, el vicepresidente de la Confederación de Asociaciones y Colegios de Abogados, Gerardo Rojas Favela, comentó que en el asunto de los temas alimentarios luego de la disolución familiar, el problema es que no hay forma de comprobar los ingresos.
Explicó que como abogados en base a la Ley Federal del Trabajo, se cotice y fijan una cifra independiente, porque la mayoría de los omisos cuentan con un ingreso mínimo. De ahí se puede tasar y hacer así el cobro.
Indicó que en los juzgados los jueces se han rehusado a hacerlo en gran parte de las ocasione. Y es porque se debe de realizar un trámite largo, porque el trámite es ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público u otras instancias.
Pero en SHyCP para saber si el deudor realiza alguna actividad económica. Aunque muchos son evasores de impuestos, y con ello no se puede dictaminar una pensión alimenticia.
Recalcó que el marco legal es el correcto, pero el asunto es que se debe de llevar al terreno práctico. Porque el más perjudicado es el menor no recibe los alimentos y dijo que el proceso detención es tardado, y por eso se desiste en la mayoría de los casos en lo familia, con este tipo de denuncias, en lo penal es más dilatado.
Se trabaja en el municipio
Verónica Gamboa, regidora por el PRI, comentó que por parte del Ayuntamiento capitalino, se hace un exhorto al Congreso del Estado para que se maneje por medio de una ley.
En el pasado ya se había realizado un exhorto, donde se mencionaba que lo padres que no cumplieran con este tipo pensión, pudieran ser pasados al buró de crédito. Pero esto tendría que se ser con un claro manejo de la ley, para que se pueda manera obligatoria, porque de manera voluntaria no se ha dado resultado.
Indicó que los principales afectados son los menores que se encuentran en medio de la batalla entre sus padres, y es el emocional, porque aunque los niños no piden un mejor estatus de vida, no se cuenta con el apoyo principalmente de su padre.