Milenio Laguna

Paridad y democracia / II

Desde 1953, con la aprobación de la reforma constituci­onal que reconoce la plena ciudadanía de las mujeres mexicanas, diversos acontecimi­entos nacionales e internacio­nales vinieron a enriquecer su condición jurídica

- Olga Sánchez Cordero

Desde 1953, con la aprobación de la reforma constituci­onal que reconoce la plena ciudadanía de las mujeres mexicanas, diversos acontecimi­entos, nacionales e internacio­nales, impactaron a México provocando cambios constituci­onales, expedición o modificaci­ón de leyes, celebració­n de conferenci­as, ratificaci­ón de tratados internacio­nales o regionales, etcétera, viniendo a enriquecer la condición jurídica de las mujeres.

Debemos mencionar que en las elecciones federales para renovar la Cámara de Diputados, en el periodo 1952-55, fue elegida la primera diputada propietari­a de la XLII Legislatur­a: la licenciada Aurora Jiménez de Palacios, por Baja California; Andrea Mariscal viuda de Vasconcelo­s fue la primera diputada suplente por Sinaloa en esa misma legislatur­a.

Para el periodo 1955-1958, la XLIII Legislatur­a eligió como diputadas propietari­as a cuatro mujeres. Y así, sucesivame­nte, el número de mujeres elegidas diputadas fue en aumento.

Es hasta 1974 en que se reformó el artículo 4 de la Constituci­ón Política de los Estados Unidos Mexicanos, para consagrar la igualdad del hombre y la mujer en todos los aspectos jurídicos, que se definió que “el varón y la mujer son iguales ante la ley”.

En 1975 se celebró en Ciudad de México la Primera Conferenci­a Internacio­nal sobre la Condición Jurídica y Social de la Mujer, conocida como Conferenci­a del Año Internacio­nal de la Mujer, la cual marcó, sin duda, la lucha por el avance en el reconocimi­ento de los derechos de las mujeres en el plano internacio­nal, dando origen al mandato por el cual la Asamblea General de las Naciones Unidas proclamó al periodo 1975-1985 como el Decenio de las Naciones Unidas para la Mujer, sentando las bases para alcanzar la igualdad política, entre mujeres y hombres. Fue en el contexto de esa conferenci­a que la Organizaci­ón de las Naciones Unidas formalizó el 8 de marzo como el Día Internacio­nal de la Mujer, con el objeto de recordar los hechos ocurridos en 1908, en los que murie- ron calcinadas más de 100 mujeres obreras en una fábrica de textiles de Nueva York, en un incendio provocado por el propietari­o, ya que se habían atrevido a protestar por las infames condicione­s laborales que padecían.

En 1934, la reforma constituci­onal al artículo 30 estableció que la nacionalid­ad mexicana se adquiría por nacimiento a los nacidos en el territorio nacional, independie­ntemente de la nacionalid­ad de los padres; pero si nacían en territorio extranjero, solo el padre mexicano transmitía la nacionalid­ad a sus hijos, la madre mexicana la podía transmitir, siempre y cuando, el hijo fuera de padre desconocid­o, una discrimina­ción constituci­onal inconcebib­le para nuestros días.

Para 1979, México ratificó la Convención sobre la Nacionalid­ad de la Mujer Casada, que trataba sobre diversos aspectos, con relación a la nacionalid­ad de la mujer y su independen­cia respecto del marido, pues en cierta etapa de nuestra historia se previó en la legislació­n de la materia que la mujer perdía su nacionalid­ad mexicana al contraer matrimonio con un extranjero.

En 1981, México ratificó el Pacto Internacio­nal de Derechos Civiles y Políticos, en el que se consagra que todas las personas son iguales ante la ley, y es ésta misma la que debe prohibir toda discrimina­ción y garantizar a todas las personas una protección efectiva contra cualquier tipo por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.

Un acontecimi­ento trascenden­tal ocurrió en marzo de 1981, cuando México ratificó la Convención sobre la Eliminació­n de todas las Formas de Discrimina­ción contra la Mujer (Cedaw, por sus siglas en inglés), suscrita en 1980, para así garantizar a las mujeres, en igualdad de condicione­s con los hombres, el derecho a participar no solo en el diseño, sino en la ejecución de políticas públicas, y a ocupar cargos de representa­ción popular, además de ejercer todas las funciones públicas en todos los planos gubernamen­tales en igualdad de condicione­s.

El 7 de mayo de 1981, en el Diario Oficial dela Federación se publicó la Convención Americana sobre Derechos Humanos, llamada también Pacto de San José de Costa Rica, en la cual en su artículo 23 (Derechos Políticos), numeral 1, se establece que todos los ciudadanos tienen derecho a participar en la dirección de los asuntos públicos, que todos los ciudadanos tienen derecho a votar y ser elegidos en las elecciones periódicas, realizadas por sufragio universal e igual, y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores, y que todos los ciudadanos deben gozar del acceso, en condicione­s generales de igualdad, a las funciones públicas de su país.

En 1989, en el Plan Nacional de Desarrollo en México, se promovió por primera vez, como objetivo prioritari­o de política social, la condición de la mujer, reconocien­do que su igualdad jurídica no estaba arraigada en las prácticas sociales.

En 1993, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos crea el programa especial encargado de la atención de asuntos para la mujer. Ese mismo año se adiciona el artículo 175, fracción tercera, del entonces Código Federal de Institucio­nes y Procedimie­ntos Electorale­s, en el que se mandataba a los partidos políticos promover una mayor participac­ión de mujeres en la vida pública, a través de su postulació­n a cargos de elección popular.

Para 1994 se suscribe una convención paradigmát­ica en la lucha por el empoderami­ento de las mujeres: la Convención Interameri­cana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (conocida como Convención de Belén do Pará), en la que se reconoce que la eliminació­n de la violencia contra la mujer es indispensa­ble para su plena participac­ión, en condicione­s de igualdad, en todas las esferas de la vida. México ratificó esta convención en 1998 y desde noviembre de ese mismo año está en vigor en nuestro orden interno.

En las siguientes entregas, continuare­mos reseñando esta incansable lucha de las mujeres por alcanzar la igualdad.

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MOISÉS BUTZE
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