Milenio Laguna

Congreso aprueba la solicitud de licencia a Marcelo Torres Cofiño

- Saltillo

EAna Ponce / l Poder Legislativ­o aprobó la solicitud de licencia al coordinado­r del Grupo Parlamenta­rio del Partido Acción Nacional (PAN), Marcelo Torres Cofiño.

El pasado 5 de junio el Pleno del Legislativ­o conoció de la solicitud que presentó el diputado Torres Cofiño, a la Oficialía Mayor del Congreso del Estado, en la que pedía licencia para separarse temporalme­nte de ese cargo, por un período de hasta por 30 días.

En la sesión del Pleno del Poder Legislativ­o, celebrada este martes, se dio a conocer la aprobación de la solicitud de licencia del diputa- El próximo dos de julio se reintegrar­á a sus actividade­s legislativ­as. do del blanquiazu­l, por lo que su ausencia empezó a correr desde el 5 de junio pasado y concluirá el 2 de julio próximo.

Marcelo Torres comentó que es debido a que busca ser responsabl­e tanto en su encargo como legislador y su encargo como secretario general del Comité Ejecutivo Nacional del PAN, es que buscó ausentarse del cargo de diputado. “Es por cuestiones meramente personales, yo tengo una responsabi­lidad de carácter nacional, debo ser muy responsabl­e tanto con los coahuilens­es como con la propia responsabi­lidad a nivel nacional”, expresó. “No significa que tenga que ser por 30 días sino que puede ser por menos tiempo, una vez que concluya este proceso (electoral) me voy a incorporar al 100 % a mis actividade­s legislativ­as”, apuntó.

Descartó solicitar una ampliación de esta licencia, por lo que aseguró que el próximo 2 de julio estará reintegran­dose a las actividade­s legislativ­as.

Conforme al artículo 25 fracción II de la Ley Orgánica del Congreso Local, se suspenderá­n los derechos y obligacion­es de los diputados por la autorizaci­ón de una licencia.

Y conforme al mismo artículo en su párrafo tercero, las solicitude­s hasta por 30 días, serán resueltas por el presidente de la mesa directiva, misma que resolvió la aprobar la solicitud al coordinado­r de la bancada panista.

Así mismo el propio artículo 25 de la ley orgánica en su párrafo primero, expresamen­te establece que: “cuando ocurra la falta absoluta de un diputado o en su caso de falta temporal por Licencia mayor a 30 días, se llamará al suplente”.

 ?? ARCHIVO ??
ARCHIVO

Newspapers in Spanish

Newspapers from Mexico