Vigente, la tarifa preferencial en camiones
LSilvia Ayala/ a Ley de Transportes para el Estado de Durango es clara en el sentido que establece la obligatoriedad de concesionarios y permisionarios del transporte público y/o colectivo otorgar el 50 por ciento de descuento a personas con discapacidad, adulto mayor y a la población estudiantil.
Este acuerdo-disposición está señalado en el Artículo 46 Fracción XIV de la señalada ley.
Por ello, la Subsecretaría de Movilidad y Transportes hace la exhortación a propietarios de concesiones y a los mismos sindicatos de trabajadores del volante para que exista flexibilidad sobre todo hacia el sector estudiantil que es el que mayormente utiliza el servicio del transporte público.
Y para ello, se toma en cuenta que aún y cuando es período vacacional, en instituciones educativas tanto particulares como oficiales del nivel medio y superior que realizan actividades como nivelaciones, cursos de verano en los que, el estudiante determina adelantar materias para el siguiente semestre, cursos de nivelación, reforzamiento académico, inclusive en temporada de vacaciones y en fi nes de semana se lleva a cabo en instituciones superiores Maestrías y Diplomados.
Sin embargo, existe la queja de parte de los propios trabajadores del volante en el sentido de que muchas personas, aprovechando estas circunstancias aprovechan en el uso de la tarjeta e inclusive a deshora pretenden el descuento cuando no acuden a institución o actividad educativa alguna.
Por ello de igual forma que la Subsecretaría de Movilidad y Transportes hace el llamado a sindicatos de trabajadores del volante, también exhorta a usuarios del transporte público y que cuentan con la credencial para la tarifa preferencial, hacer uso de ella pero en una forma honesta y responsable.