Ordenan entregar datos de llamadas
Telcel y AT&T ya se habían negado al argumentar la protección a sus clientes
ECarolina Rivera/ l Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a Dipsa Movil (Telcel) y AT&T entregar nombres y domicilios de los titulares de las líneas telefónicas que generaron las llamadas contra Andrés Manuel López Obrador durante la campaña.
En sesión pública, la sala superior determinó que las empresas deberán entregar la información al Instituto Nacional Electoral (INE) en un plazo menor a las 72 horas para que la autoridad pueda continuar con la investigación que realiza sobre el tema.
Las compañías se negaron a entregar dicha información a la Unidad Técnica de lo Contencioso por considerar que podían incurrir en una violación a la confidencialidad de los datos personales de sus clientes.
Sin embargo, el magistrado ponente Felipe Fuentes Barrera consideró que en el presente caso no estamos en supuesto de inviolabilidad de comunicaciones privadas, por lo que no se requiere la decisión de un juez para entregar la información.
Agregó que existe base legal y constitucional para que la Unidad Técnica de lo Contencioso haga el requerimiento correspondiente como parte de una investigación que realiza para determinar el origen de las llamadas que se realizaron al cierre de las campañas.
Por lo que los magistrados determinaron por unanimidad que, “de manera excepcional y por única vez”, no se debía sancionar a dichas empresas, al considerar que su negativa a entregar la información solicitada no fue una renuencia, sino un temor a violar la ley.
No obstante, el magistrado Indalfer Infante consideró que la pretensión de entregar nombre y domicilio a una autoridad significa restricción al derecho humano de las comunicaciones, Sesión pública de ayer de la sala superior del Tribunal Electoral. ya que en ningún momento se requirió información sobre el tráfico.
Por su parte, la magistrada presidenta, Janine Otálora Malassis, consideró que al no tener claridad las empresas sobre la licitud de la petición, al negar la información solicitada, esto las exime en esta ocasión de las multas que les impuso el INE.
Otálora Malassis destacó la importancia de establecer con claridad en la sentencia la obligación de la autoridad electoral a través de su unidad técnica la obligación que tiene de preservar y cuidar los datos personales que le sean entregados como resultado de esta decisión.