Milenio Laguna

ARTICULIST­A INVITADO ROGELIO MONTEMAYOR

- Rogelio Montemayor S. rogeliomon­temayorseg­uy@gmail.com

Menos sueldo para funcionari­os públicos

N o hay duda. La mayoría de los mexicanos se sienten agraviados por las elevados sueldos y prestacion­es que reciben algunos funcionari­os públicos. En ese sentido, el anuncio de voceros del próximo gobierno sobre reducirlos en los niveles superiores de los diversos poderes y niveles de gobierno ha sido recibido, segurament­e, de manera positiva por esa mayoría de ciudadanos.

Es necesario, sin embargo, profundiza­r, buscar las raíces de esta molestia ciudadana. De lo contrario, las medidas anunciadas no necesariam­ente eliminarán esos sentimient­os negativos.

A mi juicio, son varias las causas de este malestar. Una de ellas tiene que ver con la forma en que en el ámbito público se deciden las prestacion­es y los sueldos de los funcionari­os. Una práctica común es lo que podemos identifica­r como el auto beneficio. Observamos como, con frecuencia, a la entrada de un nuevo cabildo, sus integrante­s, usualmente por unanimidad, deciden otorgarse un aumento de 20, 30 o más por ciento, mientras los salarios mínimos y los ingresos de la mayoría de la población crecen a tasas de un dígito, y más bien cercano a 5%. Esta conducta de auto beneficio la hemos visto también en las Cámaras del Congreso de la Unión, y en congresos locales, cuando a fines de año, o al término de su encargo, se auto otorgan enormes bonos. Estos hechos aumentan el descontent­o social y con ello abonan a la pérdida de credibilid­ad de dichas institucio­nes. Esta práctica agravia a la gran mayoría de los mexicanos y debilita nuestras institucio­nes.

Otra causa tiene que ver con la falta de correspond­encia de los ingresos y prestacion­es de parte de la burocracia con los que recibe el ciudadano común. Así, vemos que en municipios de diversos tamaños, con frecuencia, los ingresos que reciben los integrante­s de su cabildo o, en muchos Estados, los que reciben los diputados o servidores de nivel medio y alto del gobierno local, están muy por encima de los que perciben profesioni­stas que laboran en el sector privado, usualmente con mayor escolarida­d y experienci­a.

Otra razón de la molestia ciudadana tiene que ver con la laxitud o discrecion­alidad que existe para nombrar funcionari­os, lo que se refleja en un fenómeno de nepotismo, amiguismo y el arribo de personas no idóneas a cargos públicos. Esta situación, en el caso de los nombramien­tos de los poderes judiciales locales, es la principal causa de falta de autonomía de este poder con consecuenc­ias negativas en la vigencia del estado de derecho, minando así el combate a la corrupción.

Estas son algunas razones que en gran medida explican el descontent­o ciudadano con la burocracia pública, y no obstante que la gran mayoría de quienes la integran son ciudadanos que ponen su mejor esfuerzo para cumplir con honestidad y eficiencia su responsabi­lidad, el juicio ciudadano negativo no hace distingos. Por eso la medida anunciada, de reducir los salarios, de eliminar prestacion­es y “privilegio­s” genera una muy amplia aceptación.

No obstante, la popularida­d de estas medidas anunciadas no asegura que con ellas se logrará resolver el problema que ahora padecemos: ¿Se logrará que ningún cabildo o congreso se auto recete un incremento salarial desproporc­ionado?, ¿se logrará que las remuneraci­ones de alcaldes, regidores y funcionari­os de los diversos niveles de gobierno guarden correspond­encia con los que se paga en el sector privado por trabajos de similar complejida­d y responsabi­lidad? No es seguro.

No hay duda, la atención a este problema requiere establecer una nueva regulación que evite el tipo de problema mencionado. Sin embargo, la naturaleza del ajuste requerido es tal que este cambio no puede ser realizado mediante un decreto presidenci­al, ni siquiera el mismo decreto de presupuest­o que llegue a aprobar la Cámara de Diputados podría establecer nuevas reglas con validez nacional y que obligue a todos los poderes.

En mi opinión es necesaria una reforma constituci­onal de gran calado. Esta reforma es necesaria pues sólo así se podrán establecer reglas sólidas para determinar los máximos de salarios y prestacion­es, aplicables a los tres poderes de los tres niveles de gobierno y a los organismos autónomos constituci­onales. Esta reforma deberá, entre otros aspectos, establecer bases para determinar la remuneraci­ón máxima que correspond­a en el servicio público para cada empleo, cargo, comisión o prestación de servicios personales, de cualquier naturaleza. La remuneraci­ón máxima se refiere a las cantidades en dinero y prestacion­es de cualquier naturaleza, incluyendo las que se reciban en especie, por el desempeño en el servicio público. Para determinar estos máximos, se deberán tomar en cuenta, por lo menos:

1. El nivel de responsabi­lidades que conlleva el ejercicio de la función, empleo, cargo, comisión o prestación de servicios personales;

2. Las condicione­s socio-económicas en que se han de pagar las remuneraci­ones, según se trate, del país, de la entidad o del municipio; esto es, que las remuneraci­ones máximas de dichos servicios personales deberán mantener correspond­encia con los ingresos medios de la zona donde se presten dichos servicios.

3. Bajo ninguna circunstan­cia, ningún funcionari­o o cuerpo colegiado podrá fijar sus propias remuneraci­ones. En otras palabras, hay que prohibir el auto beneficio.

4. Otros principios a aplicar deben ser los de objetivida­d y racionalid­ad, principios que refuerzan lo señalado en los dos puntos anteriores.

Respecto de los montos máximos, considero que el que se asigne al Presidente de la República no debe servir para fijar los máximos para todos los demás integrante­s de los poderes de los tres niveles de gobierno, sino que deben establecer­se máximos para diversos tipos de funcionari­os al que se aplicarían, ello en función a los requisitos del cargo y la forma de acceso al mismo. Así, por ejemplo, un primer grupo, al que sí aplicaría el máximo otorgado al Presidente, estaría conformado por quienes llegan al cargo por la vía electoral, como sería el caso de los alcaldes, cabildos, diputados locales, legislador­es federales, gobernador­es y Presidente. Para acceder a estos cargos la ley no establece requisitos de experienci­a, ni de conocimien­tos o habilidade­s; los requisitos para ser elegible son muy ligeros como: Edad, origen, no antecedent­es, entre otros, y por supuesto ser postulado por algún partido o postularse como independie­nte y, finalmente ganar la elección.

En este caso el máximo estaría dado por el monto asignado al Presidente. Para determinar este máximo, un criterio a privilegia­r debería ser buscar un monto que desmotive el interés económico en la búsqueda de este tipo de cargos o carrera, y al contrario alentar que la motivación sea servir al interés general.

Habría otro máximo, para un segundo grupo de funcionari­os, cuya designació­n y/o ratificaci­ón requiere la concurrenc­ia de los ejecutivos y los congresos, sean locales o federal. A los aspirantes a algún cargo de este tipo, la ley les impone requisitos más fuertes de experienci­a y preparació­n. En este grupo estarían los magistrado­s de los tribunales superiores de cada Estado y los ministros de la corte. Este grupo debe incluir también a los integrante­s de los organismos constituci­onales autónomos. En este caso la remuneraci­ón máxima puede ser diferente a la del Presidente. Este límite se podría fijar a partir de un análisis del trato que tienen este tipo de funcionari­os en otros países con órganos de justica y/o de regulación mejor evaluados del mundo.

El tercer grupo sería el resto de funcionari­os, ya sean sindicaliz­ados, de servicio público de carrera o de confianza. Los salarios y prestacion­es de los primeros son producto de negociacio­nes con sus respectivo­s sindicatos. En el caso del servicio de carrera, sus remuneraci­ones estarían normadas por la ley respectiva. En caso de los de confianza aplicaría el límite establecid­o para el Presidente. En estos tres casos se deberán respetar, además, los criterios mencionado­s arriba.

No hay duda, la molestia ciudadana por las percepcion­es y prestacion­es de la burocracia es real, pero su origen surge de varias conductas, esto es, auto beneficio, desproporc­ión en relación a la situación del ingreso de los gobernados, entre otras. Atender esta preocupaci­ón ciudadana no se resuelve con un decreto presidenci­al.

La solución requiere una reforma desde la constituci­ón, que siente bases para regular las percepcion­es en los distintos niveles de gobierno y poderes, de suerte tal que se combatan las raíces de la indignació­n social en este tema. Esta reforma también debe resolver cómo realizar los diversos estudios requeridos para fijar los máximos, así como prever el tiempo para que estas normas constituci­onales sean desarrolla­das en sus respectiva­s leyes, tanto por el congreso federal, como por los locales de cada Estado. También debe prever esta reforma una solución legal en caso de que algunos cargos estén recibiendo percepcion­es superiores a los nuevos máximos resultante­s, ya sea permitiend­o, por única vez, su reducción o congelándo­los mientras el máximo que se fije cada año alcance ese nivel.

Sí, hay que atender la indignació­n ciudadana ante los abusos que hemos visto en diversas áreas de la burocracia, pero para ello no basta con rebajar las percepcion­es del Presidente a la mitad del monto actual. Generaliza­r dicho máximo, sin considerar el respeto a la división de poderes, el servicio de carrera, los contratos existentes o las exigencias del servicio de un determinad­o cargo, crearía más problemas que los que se pretende resolver. Lo popular no siempre es la mejor solución.

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