Constructor de escalinata podría pagar una multa de hasta 4 millones de pesos
Área protegida. “El particular incurrió en una ilegalidad al construir la obra sin cumplir con los permisos correspondientes”
Por construir una escalinata sin permiso en la Sierra de Zapalinamé, Raúl de la Peña, podría ser sujeto a un procedimiento penal y administrativo con el pago de una multa económica que podría alcanzar los 4 millones de pesos, incluso ir a prisión por ocasionar daño a una Área Natural Protegida.
Así lo dio a conocer, el Procurador del Medio Ambiente en la entidad, Javier de Jesús Rodríguez, quien expuso se abrió un expediente por este caso desde hace dos meses y se trabaja en el tema para establecer las sanciones, pero sobre todo las acciones a emprender para resarcir el daño causado en el Área Natural.
Por su parte, Sergio Marines, director de Profauna, coincidió en que el particular incurrió en una ilegalidad al construir la obra sin cumplir con los permisos correspondientes que consisten en un cambio de uso de suelo y la remediación del área.
Destacó que desde hace dos años se construye esta obra y aunque se ha señalado que es ilegal, se ha continuado construyendo.
“Al colocar ahí escaleras se hace un daño por una remoción de vegetación y se plantaron además especies que no son nativas de la región que pudieran causar más daño, incluso está la construcción de unos iglús”, dijo.
“Lo que nosotros estamos en contra es que se construyan obras sin los permisos correspondientes, es obligación de nosotros como protectores de áreas naturales protegidas”, subrayó
Como Asociación Civil, dijo que tienen el compromiso de vigilar que ya no se sigan construyendo más obras de manera ilegal, y aunque dijo que es una gran cantidad en el presente año esta obra es la primera que se detecta.
“Tenemos años luchando contra la invasión sobre todo por las construcciones irregulares como esta, que empieza en la zona de restauración, pero llega al polígono del Área Natural Protegida”, explicó.
Consideró necesaria la participación de un Comité que evalúe los daños y la necesidad de mantener o retirar la escalera, a través de un análisis imparcial que permita ver los beneficios o desventajas de cada opción.
Se viola la ley
Se impondrá de dos a seis años de prisión, de tres mil a diez mil días multa y suspensión de dos a cinco años para realizar la clase de actividad que dio pie al delito, a quien vierta, inyecte o deposite aguas residuales o material de desecho, en un área natural protegida, en una zona de restauración ecológica o en un distrito de conservación, de jurisdicción del Estado o de cualquiera de sus municipios, que hayan sido declarados y publicados, siempre y cuando aquellas acciones sean aptas para perjudicar el equilibrio ecológico del lugar de que se trate, o pong an en peligro de afectar la salud de las personas, y, además, concurra cualquiera de las circunstancias siguientes, Artículo 412 (Delitos contra el medio ambiente).
“Al colocar ahí escaleras se hace un daño por una remoción de vegetación y se plantaron además especies que no son nativas de la región que pudieran causar más daño, incluso está la construcción de unos iglús”
Javier de Jesús Rodríguez Procurador del Medio Ambiente