“Los conciertos y bares seguirán suspendidos”
Duranta junio. Gobierno de Coahuila informa de ajustes al decreto en el que se establecen las medidas para la prevención y control de la propagación del covid-19
El Gobierno de Coahuila a nombre del gobernador, Miguel Ángel Riquelme Solís, informó los ajustes hechos a un decreto en el que se establecen las medidas para la prevención y control de la propagación del covid-19 durante el mes de junio, donde destaca la prohibición de eventos masivos y la suspención de bares, antros y cantinas.
Esto con la finalidad de establecer acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el nuevo virus Sars-Cov-2 y evitar así más contagios entre los coahuilenses. Por lo tanto, se reformó y se notifica a la ciudadanía:
Artículo 4
Del 1 al 30 de junio incluye otorgar licencia a empleados mayores de 60 años para que permanezcan en sus casas, además de trabajadores con hipertensión y/o diabetes, madres de familia con niños menores de 5 años, así como mujeres embarazadas y en periodo de lactancia.
Quien de acogerse al beneficio, debe solicitarlo previamente al titular del área administrativa a la que se encuentren adscritos, instancia que autorizará en definitiva la licencia correspondiente.
Tratándose del personal de la Secretaría de Salud y de sus órganos descentralizados, la Secretaría de Seguridad Pública, la Secretaría de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Movilidad y la Secretaría de Inclusión y Desarrollo Social, retornarán a sus actividades laborales de acuerdo a las necesidades del servicio, que determinará la autoridad administrativa bajo su más estricta responsabilidad, de manera segura y ordenada, debiendo acatar las medidas sanitarias y de seguridad estipuladas por la Secretaría de Salud Federal y el Gobierno del Estado.
El personal de la Secretaría de Salud que se encuentre en los supuestos que señala el primer párrafo de esta fracción, no laborarán en áreas covid-19 de las unidades médicas, para lo que deberán contar con su dictamen médico correspondiente y la autorización del área administrativa de su adscripción.
Artículo 5
El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia y Protección de Derechos del Estado de Coahuila, a través de Centros Comunitarios y Comedores de Adultos Mayores, podrán brindar el servicio del 1 al 30 de junio únicamente para consumo fuera de los referidos establecimientos, bajo la modalidad de “para llevar”, con la aprobación y cumplimiento a los acuerdos emitidos por los Subcomités Regionales, observando en todo momento las medidas de higiene para la Prevención y Control del covid-19.
Artículo 6
Se decreta la suspensión temporal de actividades del 1 al 30 de junio en todos los municipios del estado de los establecimientos como bares (antros), cantinas, cabarés, centros nocturnos o establecimientos similares, así como salones de fiestas, cines, teatros y gimnasios.
Artículo 9
junio._ Se decreta la suspensión de todo tipo de eventos masivos de carácter cívico, oficial, cultural, deportivo, de recreación, turístico, gastronómico y religioso durante el periodo del 1 al 30 de