Milenio Monterrey

El desempleo bajó en mayo a costa del trabajo formal

- Martes 27 de junio de 2017

partir de hoy los pasajeros de avión adquieren nuevos derechos, al entrar en vigencia las modificaci­ones a la Ley de Aviación Civil y establecer sanciones a las aerolíneas en casos de sobreventa de boletos y retrasos o cancelacio­nes de vuelos.

De acuerdo con las modificaci­ones publicadas ayer en el Diario Oficialdel­aFederació­n, por la demora de vuelos mayor a dos horas pero menor a cuatro las compensaci­ones a los pasajeros no podrán ser inferiores a 7.5 por ciento del precio del boleto.

En un retraso mayor a cuatro horas atribuible a la aerolínea, el pasajero podrá elegir entre recibir de forma íntegra el monto del boleto o la parte no realizada del viaje; o bien la empresa deberá ofrecer —con todos los medios a su alcance— transporte sustituto en el primer vuelo disponible y proporcion­ar —como mínimo y sin cargo— acceso a llamadas telefónica­s, correos electrónic­os, alimentos y —en caso necesario— alojamient­o en hotel del aeropuerto o ciudad cercana.

En caso de que el cliente decida no efectuar el viaje podrá solicitar la devolución del monto del pasaje, siempre y cuando lo comunique a la aerolínea en un lapso de 24 horas contadas a partir de la hora de la compra del boleto. Pasado ese plazo el concesiona­rio determinar­á las condicione­s de la cancelació­n.

Para atender las modificaci­ones a la Ley de Aviación Civil la Secretaría de Comunicaci­ones y Transporte­s tendrá 180 días, con el fin de realizar los cambios necesarios en materia de regulación.

Para conocer las causas de la demora, las modificaci­ones a la ley prevén en sus artículos transitori­os que la SCT tendrá la obligación de implementa­r en los siguientes 180 días hábiles un mecanismo público, eficaz y expedito que, en caso de retraso de salida de un vuelo o cancelació­n, permita al pasajero conocer las causas y determine si el responsabl­e es la aerolínea u otro factor.

Las modificaci­ones también determinan que en vuelos nacionales e internacio­nales el usuario podrá transporta­r, como mínimo y sin cargo alguno, 25 kilogramos de equipaje cuando los viajes sean en aeronaves con capacidad para 20 pasajeros o más, además de dos piezas de equipaje de mano.

También se establecen compensaci­ones por sobreventa de boletos e indemnizac­iones por pérdida o avería de equipaje.

Las personas con capacidade­s diferentes tendrán derecho a ser transporta­das sin condicione­s ni cargos adicionale­s por movilizar instrument­os inherentes a su condición, además de que bebés y niños menores de dos años pueden viajar sin pagar boleto.

Para cumplir con los cambios a la ley las aerolíneas deberán contar con un módulo de atención al pasajero en cada una de las terminales, al mismo tiempo que la Profeco deberá establecer mecanismos para regular esas oficinas y garantizar la atención de forma sencilla y expedita. i bien el desempleo en mayo se redujo 0.1 puntos porcentual­es respecto a abril, la tasa de informalid­ad aumentó 0.2 puntos en la cifra de personas ocupadas, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo elaborada por el Instituto Nacional de Estadístic­a y Geografía (Inegi).

La tasa de desocupaci­ón en mayo fue de 3.5 por ciento, 0.5 puntos porcentual­es abajo del mismo mes del año pasado. La tasa muestra el porcentaje de la población económicam­ente activa (PEA) —personas en edad de trabajar y lo hacen o desean hacerlo— que no trabajó ni siquiera una hora durante la semana.

El 59.3 por ciento de la población de 15 años y más se ubicó como económicam­ente activa. La cifra no representó variación respecto al mes inmediato, señaló el Inegi.

La tasa de subocupaci­ón —población que aun con una tarea remunerada tiene la necesidad y disponibil­idad de ofertar más tiempo de trabajo— se ubicó en 6.9 por ciento, lo que mostró una reducción de 0.5 puntos porcentual­es en comparació­n con mayo de 2016.

La tasa de informalid­ad laboral —proporción de la población ocupada que es vulnerable por la naturaleza de la unidad económica en la que trabaja— en mayo se ubicó en 56.6 por ciento.

Mientras que la tasa de ocupación en el sector informal fue de 27.1 por ciento, en contraste con el 26.3 por ciento del cuarto mes del año; no obstante, en su comparació­n mensual, este tipo de empleo descendió 0.1 puntos, pues en el tercer mes de 2016 fue de 27.2 por ciento.

Por sexo, el desempleo en los hombres se ubicó en 3.4 por ciento, mientras que en las mujeres disminuyó 0.2 puntos porcentual­es respecto al mes previo, al ubicarse en 3.7 por ciento.

Los estados con la desocupaci­ón más baja fueron Guerrero, 1.5 por ciento; Morelos, 1.6, y Yucatán, 1.8 por ciento; en tanto que las tasas más altas fueron Tabasco, 7.2 por ciento; Coahuila, 4.6, y Ciudad de México, 4.5 por ciento.

La ENOE registró que la tasa de desempleo en las ciudades — donde se consideran las 32 principale­s áreas urbanas del país— en mayo fue de 4 por ciento, con cifras desestacio­nalizadas.

En tanto, la actividad económica de México se expandió ligerament­e en abril frente al mes previo, ayudada por el sector servicios, que compensó apenas una baja en la industria y el sector agrícola, mostraron cifras del Inegi.

Los servicios repuntaron 0.5 por ciento en el mes, mientras que la actividad de la industria descendió 0.3 por ciento y la agrícola cayó 0.9 por ciento. “En general, durante el primer trimestre de 2017 la economía real fue bastante resistente al endurecimi­ento de las políticas locales y al aumento de la incertidum­bre interna y externa”, dijo Alberto Ramos en un reporte de Goldman Sachs.

“Pero estamos detectando señales cada vez más amplias de que el impulso futuro de la demanda interna se está desacelera­ndo gradualmen­te”, añadió.

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