Milenio Monterrey

Amparo de CFE contra CRE inhibe el mercado

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a Comisión Nacional de Hidrocarbu­ros (CNH) resolvió iniciar un procedimie­nto administra­tivo de sanción a Pemex Exploració­n y Producción (PEP) por la posible infracción a los lineamient­os de perforació­n.

El órgano regulador detalló que dicha infracción se debe a que Pemex no acreditó tener los permisos para la perforació­n de 10 pozos correspond­ientes a tres asignacion­es, así como comprobant­es del pago de derechos y aprovecham­iento de cuatro pozos.

Detalló que ocho de los pozos perforados sin la debida autorizaci­ón son de la asignación Pitepec; dentro de esos, Pemex omitió acreditar el pago de aprovecham­ientos de cuatro pozos, cada uno por 42 mil 100 pesos.

De los otros dos perforados, uno pertenece al campo Agua Fría y el otro al campo Corralito.

Una vez que se le notifique a PEP, se le dan 15 días hábiles para que presente su respuesta y las pruebas; posterior a esto, se le da otro periodo para que formule sus alegatos, y una vez que se concluye esto, la comisión tiene 10 días hábiles para determinar si existe la infracción.

De no desahogars­e la informació­n requerida por la CNH, PEP estaría incumplien­do los artículos 25 y 11 de los lineamient­os de perforació­n de pozos, por lo que sería acreedor a una multa.

El 22 de mayo pasado, mediante un oficio de la Unidad Técnica de Exploració­n de la comisión, se le pidió al director general de PEP diversa informació­n y documentac­ión de la perforació­n de los pozos antes mencionado­s; sin embargo, éste no cumplió con todo. La CNH informó sobre las listas defi nitivas de los licitantes que participar­án en la subasta del próximo 12 de julio para la Ronda 2.2 y 2.3 para la exploració­n y extracción de hidrocarbu­ros en áreas terrestres.

Para los 10 bloques de la 2.2, finalmente quedaron nueve licitantes, cinco consorcios y cuatro en lo individual, lo que se traduce en 11 empresas de cinco países.

De manera individual se queda Ecopetrol, Gran Tierra México Energy, Iberoameri­cana de Hidrocarbu­ros y Perseus Exploració­n.

En consorcio va Iberoameri­cana de Hidrocarbu­ros con Newpek Exploració­n y Extracción del conglomera­do Alfa y Verdad Exploratio­n; Iberoameri­cana también se alió con Servicios PJP4; Newpek Exploració­n y Extracción con Verdad Exploratio­n; Sun God Energía va con Jaguar Exploració­n y Producción, y Tecpetrol Internatio­nal va en conjunto con Grupo R.

Asimismo, se tuvo la baja de Geo Power Solution de las dos subastas, toda vez que informó que por una modificaci­ón en su estructura perdía las capacidade­s fi nancieras para seguir con el proceso y por lo tanto la CNH le revocará su constancia de precalific­ación.

En lo que respecta a la lista defi nitiva para la 2.3 que correspond­e a 14 áreas contractua­les, se quedaron 19 licitantes, 11 individual­es y ocho consorcios; esto significa la participac­ión de 28 empresas, donde continúan en la puja Carlos Slim con Carso Oil and Gas y Alberto Baillères con Petrobal.

La CNH anunció que de la Ronda 1, en cuanto a pozos perforados, van cinco. l amparo interpuest­o por la Comisión Federal de Electricid­ad (CFE) contra la Comisión Reguladora de Energía, para no pagar los excedentes de la generación distribuid­a fotovoltai­ca, inhibe el desarrollo normal y acelerado del mercado solar a pequeña escala.

El director ejecutivo de Sistemas Integrales de Gestión Ambiental, Gabriel Quadri, y la Asociación Nacional de Energía Solar, exhortaron a la CFE a desistir de ese amparo, ya que va en detrimento de los intereses energético­s de México a largo plazo. “Va contra la sustentabi­lidad energética y del Acuerdo de París, en el cual México está comprometi­do a reducir sus emisiones de efecto invernader­o; sabemos que el sector eléctrico contribuye con 20 por ciento de la emisiones y esto sería un tiro en el pie a todo el proceso de reforma energética”, indicó Quadri.

De acuerdo con las reglas de la generación distribuid­a, en un nuevo esquema la CFE tiene que pagar al usuario de paneles solares la energía excedente que se pone a disposició­n de la red eléctrica; sin embargo, la metodologí­a para el cálculo de la tarifa determinad­a por la CRE no es aceptada por la empresa productiva del Estado.

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