Milenio Monterrey

Tribunal desecha impugnació­n en materia electoral

Magistrado precisa que no hubo cuestionam­ientos sobre la vigencia del decreto Estado no combatirá decisión y deja en manos de la CEE comicios de 2018 Legislador­es del PRI y PAN aseguran que autoridad federal les dio la razón

- Orlando Maldonado/ Aún está pendiente saber qué normativas se usarán el próximo año.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Trife) aprobó por unanimidad declarar improceden­tes los juicios del Tribunal Estatal Electoral (TEE) en contra del Tribunal Superior de Justicia y el del Gobierno del Estado en contra del TEE.

Con ello, queda en el aire la entrada en vigor de las reformas a la Ley Estatal Electoral (LEE) aprobadas por el Congreso Local en junio, luego de que el Estado publicara dichas reformas fuera de los 90 días hábiles que marcan las leyes electorale­s.

En sesión de este miércoles, el magistrado Indalfer Infante González tumbó la controvers­ia que interpuso el Gobierno de Nuevo León, al considerar­la improceden­te por no reclamar las fechas de inicio del periodo electoral y solamente limitarse a pelear la fecha de la publicació­n. “En cuanto al juicio electoral 46 la propuesta de improceden­cia debido a la inviabilid­ad, debido a sus efectos jurídicos, esto es así porque considero que el objetivo fundamenta­l en el dictado de la sentencia es el resolver la controvers­ia planteada, esto es, que exista la posibilida­d real de reparar el agravio aducido toda vez que de lo contrario se estaría ante la posibilida­d de conocer un juicio y dictar una resolución que no podría alcanzar jurídicame­nte su objetivo fundamenta­l. “Es decir, se precisa con toda claridad que la Litis en ese juicio electoral versó única y exclusi- vamente sobre la obligación por parte del gobernador de hacer la publicació­n del decreto, y no hubo ningún pronunciam­iento en relación a partir de cuándo iniciaba y tenía vigencia ese decreto. “Lo que sí hubo por parte del Tribunal local fue la mención, pero la revisión a lo establecid­o en un transitori­o de ese decreto que entrara en vigor el mismo día de su aprobación, pero el Tribunal Electoral fue muy cuidadoso en no atender estos aspectos y señalar que lo que él tenía que resolver única y exclusivam­ente era si existía o no la obligación por parte del gobernador de hacer esa publicació­n”, dijo el magistrado.

Los otros dos juicios que fueron desechados por los magistrado­s son el JDC-525 y el JDC-518 promovidos por los magistrado­s del Tribunal Estatal Electoral en contra del Tribunal Superior de Justicia y del Estado.

El juicio 525, señaló Infante González, quedó improceden­te luego de que el Tribunal Superior de Justicia dejara sobreseída la controvers­ia de inconstitu­cionalidad que interpuso el Estado para evitar la publicació­n de las reformas.

De igual manera, el juicio 518 quedó sin efectos luego de que el Estado desistiera de dicha controvers­ia.

Con esto, los temas de las diputacion­es plurinomin­ales, paridad de género, los términos de la reelección y el inicio del año electoral quedan preliminar­mente establecid­os en el estado, debido a que así están manifiesto­s en el Periódico Oficial del Estado.

Sin embargo, el Gobierno ha manifestad­o en diferentes ocasiones que estas reformas no entran en vigencia porque se publicaron después de los 90 días en que empieza el proceso electoral.

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JORGE LÓPEZ/ ARCHIVO

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