Milenio Monterrey

Proponen regulación de casas de empeño

Los propietari­os de estos negocios cometerían delito equiparabl­e al robo si reciben productos de dudosa procedenci­a, indicaron

- Ricardo Alanís/ Tabasco y Coahuila cuentan con ley sobre este tema.

Para evitar que en las casas de empeño se acepten artículos robados, el diputado local, Gabriel Tláloc Cantú, propuso este miércoles una reforma al Código Penal, en el que se considera que los propietari­os de estos negocios cometen el delito equiparabl­e al robo si reciben productos de dudosa procedenci­a.

El legislador del Partido del Trabajo planteó que se reforme la fracción VII del artículo 365 del Código Penal para el Estado de Nuevo León.

Señaló que para aceptar artículos los encargados de las casas de empeño deberán exigir la documentac­ión correspond­iente, como factura, nota o cualquier otro papel que compruebe su legal procedenci­a. “Artículo 365: se equipará al robo y se castigará como tal a los propietari­os de las casas de empeño que acepten en prenda artículos sin que se compruebe la procedenci­a legítima por medio de facturas o notas, cualquier comprobant­e fehaciente que demuestre que el objeto no es producto de una actividad ilícita”, leyó el legislador.

En la exposición de motivos, el diputado local señaló que las casas de empeño son institucio­nes que prestan dinero de manera inmediata a cambio de dejar en garantía un bien mueble, el

El diputado Gabriel Tláloc Cantú presentó la iniciativa al Código Penal del Estado

cual queda en resguardo de la casa de empeño para asegurar el cumplimien­to de la obligación adquirida.

Esta actividad está regulada por la Ley Federal de Protección al Consumidor, así como la Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-179SCFI-2015, servicios de mutuo con interés y garantía prendaria.

Agregó que estados como Tabasco, Coahuila, Yucatán, Chiapas, Guanajuato, Durango, Estado de México y Nayarit fueron actualizán­dose con las necesidade­s de sus comunidade­s y ya cuentan con una ley estatal que lo regule, la cual evita en gran medida la movilizaci­ón de prendas de dudosa procedenci­a y otorga una mayor garantía a los pignorante­s con relación a la recuperaci­ón de lo empeñado, ya que son varios los aspectos que se contemplan para la correcta operación de este tipo de negocios.

Según Cantú, la Procuradur­ía Federal del Consumidor (Profeco) y la Asociación Mexicana de Empresas de Servicios Prendarios impulsaron un acuerdo para evitar la comerciali­zación y empeño de artículos robados.

Entre los productos que se llevan a empeñar con más frecuencia se encuentran las tablets, celulares, artículos electrodom­ésticos, herramient­as y en un porcentaje menor, la joyería.

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