Buscan que los padres no puedan desconocer a hijos
La intención es que los progenitores no evadan su responsabilidad legal
Mediante una modificación al Código Civil, que presentará la bancada independiente la próxima semana, se pretende eliminar el candado que permite a los padres desconocer a sus hijos cuando se demuestre que durante los 10 meses que precedieron al nacimiento no tuvo acceso carnal con la esposa.
De esta manera, explicó la legisladora independiente Karina Barrón, se busca que los padres tengan que someterse a una prueba de ADN, pues es el medio ideal para constatar su paternidad y otorgarle certeza a sus hijos.
Barrón Perales señaló que la idea es que los padres no evadan sus responsabilidades por ley, y al mismo tiempo, que los hijos e hijas accedan a los derechos que por ley les corresponden, como apellido, patria potestad, custodia, manutención, herencia, entre otros. “El Código Civil para el Estado de Nuevo León, en el segundo párrafo del artículo 326, establece la posibilidad de desconocer a la hija o hijo cuando se demuestre que durante los diez meses que precedieron al nacimiento no tuvo acceso carnal con su esposa, lo cual resulta un argumento muy favorable para que el padre no atienda sus obligaciones alimentarias y otras que marca la ley. “Los cambios sociales y tecnológicos en el reconocimiento de paternidad han evolucionado y el medio idóneo como prueba genética es el examen de paternidad de ADN, de esta manera puede el niño o adolescente ser reconocido legalmente”, recalcó.
Mencionó que esta propuesta también fue una recomendación de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim), y por el Instituto Nacional de las Mujeres.
El grupo independiente presentará la modificación al artículo 326 del Código Civil la próxima semana.