TEE rechaza solicitud del PAN para no ir con plurinominales
El albiazul quería que sus fórmulas fueran por el esquema de “mejores perdedores”
El Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León declaró infundada la solicitud del PAN para no presentar dos fórmulas de diputados plurinominales, debido a que es obligación por ley.
Durante la sesión de ayer, el Tribunal resolvió el juicio de inconformidad que interpuso el dirigente estatal del PAN, Mauro Guerra Villarreal, luego de que la Comisión Estatal Electoral declarara improcedente la solicitud del partido albiazul.
Sin embargo, el TEE le dio la razón a la Comisión, al considerar que son infundados los agravios expuestos por el PAN debido a que no se viola el derecho de organización ni autodeterminación de los partidos por esta disposición en la ley, toda vez que ellos tienen la libertad de elegir a quienes integrarán las fórmulas siempre y cuando sea por la vía plurinominal.
Cabe aclarar que la Ley Electoral se reformó en junio del año pasado y el Congreso local, con mayoría de voto panista, aprobó incluir diputaciones por la vía plurinominal.
Posterior a ello, Guerra Villarreal presentó la solicitud ante la CEE para no registrar plurinominales mediante el esquema de lista cerrada.
Pidió que estas dos fórmulas fueran candidatos que contendieron en las elecciones, pero no ganaron, es decir, que fueran asignados bajo el método de representación proporcional
El TEE estableció que los partidos tienen la libertad de elegir a integrantes de fórmulas
conocido como de “mejores perdedores” y no de lista cerrada.
Piden anular paridad en planilla de alcaldías
El PAN solicitó al Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León decretar la inaplicación del artículo 17 de los lineamientos para registro de candidaturas, donde se establece el requisito de alternancia en la conformación de las planillas de los ayuntamientos con el fin de garantizar la paridad de género.
El partido albiazul impugnó el acuerdo de la Comisión Estatal Electoral respecto a la negativa a modificar el mecanismo de alternancia en la conformación de las planillas.
Entre los argumentos que presentó Acción Nacional está la supuesta violación al principio de autodeterminación de los partidos por la obligatoriedad en la alternancia, sin embargo, el Tribunal declaró infundado el alegato debido a que los institutos políticos ejercen su autonomía al elegir a quiénes integrarán el Ayuntamiento.