onmemorar el Día Internacional de la Mujer, decretado por la ONU, no es algo que tenga que ver con festejos de múltiples formas, con halagos a las mujeres de nuestro entorno familiar o social, regalándoles flores, besos, abrazos, etcétera.
Conmemorar el Día Internacional de la Mujer cada ocho de marzo, es, más bien, una forma de estimular la reflexión sobre la deuda histórica que culturalmente debemos a la mujer, en cuanto a la equidad de género y a igualdad de derechos, con respecto al hombre.
Y justo este día, nos llega la escalofriante noticia de que el año 2017 se cerró con 1844 feminicidios en el país. Y según datos de la ONU, el promedio de feminicidios en México, cada vez de manera más cruel y agresiva, es de 7 por día.
No todo homicidio de una mujer es feminicidio. Para que lo sea, de acuerdo al artículo 331, bis 2 del Código Penal del Estado, se tiene que realizar la siguiente hipótesis normativa:
Que la privación de la vida haya sido por razones de género; y hay razones de género cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
Que en la mujer asesinada se encuentren signos de violencia sexual de cualquier tipo; que se le hayan infringido actos infamantes, degradantes o mutilaciones, de manera previa o posterior a la privación de la vida, o actos de necrofilia.
Asimismo, que haya habido violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima; que haya habido entre el homicida y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza.
Que haya habido amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso, o que, con anterioridad, el homicida haya lesionado a la víctima; que la víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida; y que el cuerpo de la mujer sea expuesto o exhibido en un lugar público.
Terrorífica es cada una de las hipótesis normativas. Y si así decidió el legislador establecerlas en el Código Penal, es porque esos han sido los modos como las hienas “humanas” sacrifican a sus víctimas.
De acuerdo, tampoco se trata de exaltar la emoción sino la reflexión sobre este fenómeno, aún sin solución desde la perspectiva criminológica. Porque, dicho sea de paso, las medidas punitivas atacan los efectos, no la causa (o motivaciones); de nada sirve, entonces, que se amenace a los feminicidas con una pena de 40 a 60 años de prisión y multa de 4000 a ocho mil cuotas. Señores de la política, ¡basta de palabras!, hagamos serios esfuerzos por saldar esta vergonzosa deuda histórica.