Milenio Monterrey

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onmemorar el Día Internacio­nal de la Mujer, decretado por la ONU, no es algo que tenga que ver con festejos de múltiples formas, con halagos a las mujeres de nuestro entorno familiar o social, regalándol­es flores, besos, abrazos, etcétera.

Conmemorar el Día Internacio­nal de la Mujer cada ocho de marzo, es, más bien, una forma de estimular la reflexión sobre la deuda histórica que culturalme­nte debemos a la mujer, en cuanto a la equidad de género y a igualdad de derechos, con respecto al hombre.

Y justo este día, nos llega la escalofria­nte noticia de que el año 2017 se cerró con 1844 feminicidi­os en el país. Y según datos de la ONU, el promedio de feminicidi­os en México, cada vez de manera más cruel y agresiva, es de 7 por día.

No todo homicidio de una mujer es feminicidi­o. Para que lo sea, de acuerdo al artículo 331, bis 2 del Código Penal del Estado, se tiene que realizar la siguiente hipótesis normativa:

Que la privación de la vida haya sido por razones de género; y hay razones de género cuando concurra alguna de las siguientes circunstan­cias:

Que en la mujer asesinada se encuentren signos de violencia sexual de cualquier tipo; que se le hayan infringido actos infamantes, degradante­s o mutilacion­es, de manera previa o posterior a la privación de la vida, o actos de necrofilia.

Asimismo, que haya habido violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima; que haya habido entre el homicida y la víctima una relación sentimenta­l, afectiva o de confianza.

Que haya habido amenazas relacionad­as con el hecho delictuoso, acoso, o que, con anteriorid­ad, el homicida haya lesionado a la víctima; que la víctima haya sido incomunica­da, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida; y que el cuerpo de la mujer sea expuesto o exhibido en un lugar público.

Terrorífic­a es cada una de las hipótesis normativas. Y si así decidió el legislador establecer­las en el Código Penal, es porque esos han sido los modos como las hienas “humanas” sacrifican a sus víctimas.

De acuerdo, tampoco se trata de exaltar la emoción sino la reflexión sobre este fenómeno, aún sin solución desde la perspectiv­a criminológ­ica. Porque, dicho sea de paso, las medidas punitivas atacan los efectos, no la causa (o motivacion­es); de nada sirve, entonces, que se amenace a los feminicida­s con una pena de 40 a 60 años de prisión y multa de 4000 a ocho mil cuotas. Señores de la política, ¡basta de palabras!, hagamos serios esfuerzos por saldar esta vergonzosa deuda histórica.

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