Milenio Monterrey

El interés superior del menor

- EFRÉN VÁZQUEZ

Desde la Declaració­n de los Derechos del Niño por la Liga de las Naciones el 16 de septiembre de 1924, no ha dejado de observarse en todos los confines de la Tierra un desarrollo progresivo de los derechos del menor.

Con la Declaració­n de los Derechos del Niño de la ONU en 1959, la primacía del menor, ya contemplad­a por la Liga de las Naciones, se eleva al nivel de principio: “El niño

gozará de una protección especial (…) para que pueda desarrolla­rse física, mental, moral, espiritual y socialment­e en forma saludable y normal…”

En México, las leyes y los criterios de la SCJN han seguido estas directrice­s que enaltecen, entre otros principios, el de prioridad del menor. Lo que significa que, ante cualquier circunstan­cia o dilema, el juez debe priorizar el derecho del menor: el derecho de identidad, el cual se refiere, entre otras cosas, a que el menor tiene derecho a tener nombre y apellidos, a vivir en condicione­s de bienestar, a desarrolla­rse integralme­nte, entre otros.

Pero en los hechos, las cosas son diferentes. Abogados y justiciabl­es se quejan de que se incumple con el principio de prioridad del menor. Por ejemplo, en la legislació­n de Nuevo León, recienteme­nte se reformó la ley de la materia para que a quien se le demanda alimentos, reconocimi­ento de paternidad, etcétera, tiene que emplazárse­le en la jurisdicci­ón en la que se encuentre. Y es el caso que los padres irresponsa­bles, que no son pocos, para no cumplir con la obligación de proporcion­ar alimentos, reconocer una paternidad, etcétera, huyen a otros estados, quedándose las madres prácticame­nte en estado de indefensió­n, debido a múltiples dificultad­es para diligencia­r el exhorto de un juez de Nuevo León en otra entidad federativa.

Algunos expediente­s duermen por meses y hasta por años, pues si no se anda detrás del juez para que cumpla con el exhorto del juez de Nuevo León, aunque por ley están obligados a actuar de oficio tratándose del interés superior del menor, simplement­e no hacen nada.

Abogados y justiciabl­es se quejan de que se incumple con el principio de prioridad del menor

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