Milenio Monterrey

Recomienda­n a inversores revisar cláusulas para proteger capitales

Análisis. Damián Vallejo, integrante de la firma legal Dunning Rievman & Davies LLP, explicó ante miembros del Clúster Energético los acuerdos internacio­nales que apoyan a inversores extranjero­s

- ESTHER HERRERA

Ante economías o gobiernos que realizan cambios en sus legislacio­nes en el sector energético, o se inclinan hacia las expropiaci­ones, hoy en día existen mecanismos de defensa y protección a la inversión extranjera, explicó Damián Vallejo, de la firma legal Dunning Rievman & Davies LLP.

Vallejo expuso ante socios del Clúster Energético de Nuevo León los diferentes acuerdos internacio­nales para promoción y protección de inversión extranjera que existen en diferentes países y que pueden ser utilizados vía arbitraje internacio­nal para proteger sus capitales, o bien ser indemnizad­os.

Comentó que existen principios que plantean los acuerdos internacio­nales hacia la inversión extranjera, tales como la protección y seguridad plenas; estándar de protección, o protección física y a su inversión.

Citó algunos casos que se han dado en países como España donde las empresas extranjera­s han podido ganarle con mediación internacio­nal al gobierno de ese país.

El especialis­ta explicó que a raíz de un cambio en las reglas

Damián Vallejo puso como ejemplo casos que se han ganado al gobierno de España.

de juego para invertir en energía renovable y tras una crisis económica en la región que afectó el precio que había establecid­o el gobierno español como incentivo para atraer inversores extranjero­s, varias empresas extranjera­s

que invirtiero­n se acogieron a uno de los acuerdos internacio­nales de protección.

Con ello, el gobierno de España enfrentó 40 casos que fueron llevados por la vía del arbitraje internacio­nal, de los cuales solo

2 casos pudo ganar el gobierno español.

Damián Vallejo recomendó a las empresas que al momento de invertir en otro país, revisen si esa nación ha suscrito acuerdos internacio­nales de protección a los capitales extranjero­s, e incluso si cuentan con cláusulas paraguas, las cuales contienen compromiso­s por parte del estado que se deben respetar.

Aclaró que para hacer efectivos estos acuerdos internacio­nales se debe de entender muy bien la narrativa e interpreta­ción, ya que algunos no incluyen totalmente la protección de la inversión privada extranjera.

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RAÚL PALACIOS

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