Un juez frena la reforma eléctrica y AMLO dice que la Corte resolverá
Disputa legal. Juan Pablo Gómez Fierro reitera que la iniciativa afecta la competencia, induce daños al medio ambiente, desincentiva la producción de energías limpias y contraviene disposiciones jurídicas
El Presidente criticó ahora a Femsa, Bimbo y Walmart, que expusieron cifras de pagos a CFE con apego a las leyes.
El juez federal Juan Pablo Gómez Fierro suspendió indefinidamente la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) porque puede afectar la competencia y la libre concurrencia, además de producir daños inminentes e irreparables al medio ambiente.
El juez segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones con jurisdicción en toda la República, otorgó las suspensiones definitivas a empresas que impugnaron el estaFierro tuto, pero la medida cautelar continuará teniendo efectos generales, es decir, protegerá a todas las compañías del sector.
Eoliatec del Pacífico y Parque Solar Orejana son las empresas que promovieron dos juicios de amparo.
El argumento del juez Gómez Fierro fue que la ley recientemente aprobada por el Congreso fomenta la producción y el uso de energías convencionales que desincentivan la producción de energías limpias, genera incertidumbre y contraviene disposiciones constitucionales.
La resolución puede ser combati da a través de un recurso de queja, que podrá analizar un Tribunal Colegiado en la misma materia.
Mientras tanto, continuará aplicándose la ley que estaba vigente antes de la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el pasado 9 de marzo.
En la resolución, de 55 páginas, el juez señala que un Tribunal Colegiado ha sentado el precedente de que pueden otorgarse efectos generales en estos casos, es decir, a toda la industria y no solo a quien impugnó, y que ya ha concedido suspensiones con aplicación general en otros casos.
La razón por la que Gómez decidió otorgar la suspensión de manera general es porque si la medida cautelar tuviera efectos particulares solamente para las dos empresas que se ampararon serían beneficiadas.
“No solo estaría otorgándoles una ventaja competitiva frente a los demás particulares que se encuentran en su misma posición, sino que puede ocasionar distorsiones en la industria eléctrica, afectando la competencia y el desarrollo de dicho sector, que es precisamente uno de los efectos adversos que esta medida cautelar busca evitar, esto es, la violación al artículo 28 constitucional”.
Independencia necesaria
Yasmín Esquivel Mossa, ministra de la Suprema Corte, dijo que “sin independencia el juzgador pierde la necesaria imparcialidad que la función exige”.
La independencia del Poder Judicial, sostuvo, “implica la ausencia de presiones externas que incidan en el ejercicio de la función jurisdiccional para que pueda ser realizada sin que los otros poderes o cualquier otro factor real incidan, orienten o interfieran sobre cualquier asunto sujeto a su resolución”.
Indicó que el Poder Judicial de la Federación tiene la encomienda de defender la Constitución y ser equilibrio entre los poderes.
Recordó que Karl Loewenstein, el padre del constitucionalismo moderno, señalaba que “la independencia de los jueces en el ejercicio de las funciones que le hayan sido asignadas y su libertad frente a todo tipo de poder constituyen la piedra final en el edificio de Estado democrático constitucional de derecho".
La medida tiene efectos generales y protege a todas las empresas del sector