Rechaza el Tribunal Electoral recurso del PAN sobre paridad
Magistrados consideran que no debe hacerse aclaración alguna, porque los planteamientos del partido están encaminados a solicitar la modificación de los efectos ordenados por este órgano jurisdiccional
La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dio revés al recurso interpuesto por el Partido Acción Nacional en relación a que debe de cumplir con los principios de paridad en las candidaturas propuestas para alcaldías del área metropolitana.
Este sábado, la Comisión Estatal Electoral determinó que el PAN incumplió lo dictado por la Sala Regional al no modificar la postulación de candidaturas. Se espera que mañana el tribunal sesione sobre el tema.
La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf ) dio revés al recurso interpuesto por el Partido Acción Nacional (PAN) en relación al tema de cumplir con los principios de paridad dentro de las candidaturas propuestas para el área metropolitana.
Este recurso de aclaración fue en respuesta al ordenamiento que se le giró al partido albiazul para que bajara a un candidato hombre dentro del bloque I y en su lugar postule a una mujer, para así cumplir con los lineamientos de paridad.
Sin embargo, la Sala Regional Monterrey del Tepjf declaró como improcedente este recurso, al precisar que carece de sustento jurídico.
“Declara improcedente la aclaración de la sentencia dictada en los presentes juicios, solicitada por el Partido Acción Nacional, pues carece de sustento jurídico al no presentarse en modo alguno la contradicción en la ejecutoria emitida por este órgano jurisdiccional”, señala el documento subido en el apartado de Estrados de la página del Tepjf.
En el mismo documento se precisa que no se debe hacer aclaración alguna, toda vez que lo que solicitan los panistas son modificaciones a los efectos ordenados por esta Sala Regional.
“Se considera que no debe hacerse aclaración alguna, toda vez que los planteamientos que realiza el partido incidentista están encaminados a solicitar la modificación de los efectos ordenados por este órgano jurisdiccional a resolver los juiciosSM-JCR -20/2021 ya cumulados, supuesto que no se encuentra previsto como materia de aceleración ”, se precisa en documento.
Se estima que mañana la Sala Regional de Monterrey del Tepjf aborde este tema.
El sábado, la Comisión Estatal Electoral (CEE) determinó que el PAN incumplió lo dictado por la Sala Regional Monterrey, al no modificar la postulación de candidaturas.
En sesión extraordinaria, los integrantes del organismo electoral acordaron remitir a la Sala Regional una copia certificada de los escritos presentados por el partido y del acuerdo respectivo ventilado para que en el ámbito de sus atribuciones determine lo que en derecho corresponda respecto a la paridad transversal en sus postulaciones para ayuntamientos.
La CEE informó que el PAN presentó el viernes un escrito para cumplir con la modificación ordenada por la Sala Regional, en el que manifiesta su decisión de retirar las pos tu lac iones que realizó en la planilla de General Terán, creando así una nueva realidad aritmética en sus candidaturas alas presidencias municipales.
La Comisión estimó que no es
tá en condiciones del análisis del cumplimiento de la regla de paridad transversal en términos de lo ordenado en la sentencia del Tribunal, ya que, para entrar al estudio del cumplimiento de ésta, el PAN estaba obligado a efectuar únicamente dos modificaciones en el bloque 1, la primera mediante la sustitución de un hombre por una mujer en el segmento de alta o media competitividad, y la segunda, en el sentido de cambiar una mujer por un hombre en el segmento de más baja competitividad, lo cual no sucedió.