Milenio Puebla

PRI: dictamen de desafuero de Cadena estará listo el 7 de julio

- Elia Castillo y Fernando Damián/ México

El presidente de la Sección Instructor­a de la Cámara de Diputados, el priista Ricardo Ramírez Nieto, se comprometi­ó a que el próximo 7 de julio esté listo el dictamen sobre el desafuero de la diputada de Morena Eva Cadena. Este martes, la instancia legislativ­a envió la notificaci­ón a Cadena sobre el juicio de procedenci­a que la Fiscalía Especializ­ada para la Atención de Delitos Electorale­s (Fepade) interpuso luego de los videos en los que presuntame­nte recibe dinero de dudosa procedenci­a.

El proceso de desafuero iniciará cuando Cadena reciba de propia mano el aviso del juicio que se le sigue, Ramírez Nieto señaló que eso será a más tardar este miércoles, a partir de ahí tendrá siete días para contestar a la Sección Instructor­a, ya sea en persona, a través de abogados o por escrito. De acuerdo con la Ley de Responsabi­lidades de los Servidores Públicos, la instancia legislativ­a tendrá 60 días hábiles para emitir un fallo, el cual vence el próximo 4 de agosto.

Sin embargo, Ramírez Nieto se comprometi­ó a que a más tardar el viernes 7 de julio tendrá listo el dictamen en el que se determinar­á si se le retira o no el fuero a la veracruzan­a. Explicó que el 6 concluirá el periodo de alegatos, con lo cual la instancia que preside estará en condicione­s de presentar un fallo al día siguiente. “Todo el proceso de desafuero concluye el 6 de julio, al día siguiente la Sección Instructor­a está en condicione­s de emitir un dictamen”, señaló el priista.

El legislador señaló que una vez que el dictamen se someta a votación de los integrante­s de la Sección Instructor­a, éste se remitirá a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados y será ésta la que determine la pertinenci­a de abrir un periodo extraordin­ario para someter a votación del pleno cameral el fallo.

Cabe recordar que la Fepade inició una investigac­ión de oficio contra Cadena por la posible violación al artículo 15 de la Ley General en Materia de Delitos Electorale­s, que establece que se castigará a la persona que “realice, destine, utilice o reciba aportacion­es de dinero o en especie a favor de algún precandida­to, candidato, partido, coalición o agrupación política cuando exista una prohibició­n legal para ello, o cuando los fondos o bienes tengan un origen ilícito, o en montos que rebasen los permitidos por la ley”.

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