PRI: dictamen de desafuero de Cadena estará listo el 7 de julio
El presidente de la Sección Instructora de la Cámara de Diputados, el priista Ricardo Ramírez Nieto, se comprometió a que el próximo 7 de julio esté listo el dictamen sobre el desafuero de la diputada de Morena Eva Cadena. Este martes, la instancia legislativa envió la notificación a Cadena sobre el juicio de procedencia que la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade) interpuso luego de los videos en los que presuntamente recibe dinero de dudosa procedencia.
El proceso de desafuero iniciará cuando Cadena reciba de propia mano el aviso del juicio que se le sigue, Ramírez Nieto señaló que eso será a más tardar este miércoles, a partir de ahí tendrá siete días para contestar a la Sección Instructora, ya sea en persona, a través de abogados o por escrito. De acuerdo con la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, la instancia legislativa tendrá 60 días hábiles para emitir un fallo, el cual vence el próximo 4 de agosto.
Sin embargo, Ramírez Nieto se comprometió a que a más tardar el viernes 7 de julio tendrá listo el dictamen en el que se determinará si se le retira o no el fuero a la veracruzana. Explicó que el 6 concluirá el periodo de alegatos, con lo cual la instancia que preside estará en condiciones de presentar un fallo al día siguiente. “Todo el proceso de desafuero concluye el 6 de julio, al día siguiente la Sección Instructora está en condiciones de emitir un dictamen”, señaló el priista.
El legislador señaló que una vez que el dictamen se someta a votación de los integrantes de la Sección Instructora, éste se remitirá a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados y será ésta la que determine la pertinencia de abrir un periodo extraordinario para someter a votación del pleno cameral el fallo.
Cabe recordar que la Fepade inició una investigación de oficio contra Cadena por la posible violación al artículo 15 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, que establece que se castigará a la persona que “realice, destine, utilice o reciba aportaciones de dinero o en especie a favor de algún precandidato, candidato, partido, coalición o agrupación política cuando exista una prohibición legal para ello, o cuando los fondos o bienes tengan un origen ilícito, o en montos que rebasen los permitidos por la ley”.