Ordenan a la CNDH no dar largas al caso San Fernando
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenó a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) a dar respuesta a una fundación para tener acceso al expediente por la matanza de 72 migrantes en San Fernando, Tamaulipas.
La Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho trabaja con familiares de migrantes, algunos de los cuales creen que sus familiares perecieron en San Fernando.
Por ello, a través de la Ley Federal de Transparencia solicitó a la CNDH tener acceso a la averiguación previa del caso que integró la Procuraduría General de la República, del cual el organismo de derechos humanos tiene copia.
No obstante, la CNDH les negó el acceso, por lo que la fundación interpuso un amparo que llegó a la Suprema Corte.
La Segunda Sala resolvió que la CNDH está plenamente facultada para decidir si la información que le es requerida en materia de transparencia se relaciona con violaciones graves a los derechos humanos y, por ende, si debe hacerse pública.
Los ministros establecieron que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental “no podrá invocarse el carácter de reservado de las averiguaciones previas y otras indagaciones de carácter oficial cuando se trate de la investigación de violaciones graves de derechos humanos”, y la CNDH sí cuenta con la facultad para poder realizar esa calificación.