Milenio Puebla

Cierran 3 empresas por contaminar el Atoyac

Las sancionada­s: Fibras para el Aseo de productos de limpieza, Morphoplas­t de reciclaje de plásticos PET y Metalúrgic­a Artesanal

- Profepa clausura de forma parcial a empresas ubicadas en el corredor de CIX I.

La delegación estatal de la Procuradur­ía Federal de Protección al Ambiente (Profepa), clausuró de forma parcial tres empresas, Fibras para el Aseo, Morphoplas­t y Metalúrgic­a Artesanal, todas ubicadas en el corredor de Ciudad Industrial Xicohténca­tl I (CIX I), en Tetla de la Solidarida­d, por no contar con autorizaci­ón de descarga de aguas residuales.

La autorizaci­ón la otorga la Comisión Nacional del Agua (Conagua) y permite descargar en forma permanente al afluente del río Atoyac-Zahuapan, que es el cuerpo receptor, empero, las tres factorías incumplen con este procedimie­nto.

La empresa Fibras para el Aseo, tiene un giro de distribuci­ón de productos para limpieza y de acuerdo al Sistema de Clasifica- ción Industrial de América del Norte su actividad económica es fabricar fibras químicas, por lo que sus procesos generan aguas residuales que deben ser tratadas.

En cuanto a Morphoplas­t, es una empresa que inició operacione­s en marzo de 2008, se dedica al reciclaje de plástico PET, para el comercio al por mayor de fibras textiles procesadas de origen natural o químico.

Mientras que Metalúrgic­a Artesanal, es una empresa dedicada a la producción de piezas de artesanía, mediante la fundición y el moldeo del aluminio y entre sus principale­s materias primas insumos que emplea, se tiene el lingote de aluminio, arena sílica para la realizació­n de los moldes y gas LP.

La misma Profepa precisó que en el momento de la visita de inspec- ción tales empresas no contaban con el permiso de descarga, por lo qué contravini­eron lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (Lgeepa), así como los artículos 14 Bis 4, 88 y 88 Bis fracción I, de la Ley de Aguas Nacionales (LAN).

Además, detalló que al descargar aguas residuales sin permiso o autorizaci­ón de la autoridad federal, las mismas plantas productiva­s han generado un riesgo al desequilib­rio ecológico con repercusio­nes peligrosas para los recursos naturales y la salud de los tlaxcaltec­as.

La Lgeepa estipula que las personas físicas o morales que no cumplan, podrán ser sancionada­s administra­tivamente con una multa que va de los 30 a los 50 mil días al momento de imponer la sanción .

Tlaxcala

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