Avala SCJN límite para mayoría en Congreso de CdMx
EVITARÁ QUE UN PARTIDO TENGA EL CONTROL ABSOLUTO DEL LEGISLATIVO
Por unanimidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló el límite el partido con mayor votación no tenga el control absoluto del Congreso de Ciudad de México. De esta manera, aun cuando un solo partido ganara las 33 diputaciones de mayoría relativa, solo podrá obtener siete más por la vía plurinominal para lograr un máximo de 40 curules.
Al continuar con el análisis de la Constitución de Ciudad de México, la Corte desechó las quejas de los partidos Morena y Nueva Alianza respecto a la sobrerrepresentación y el sistema de dos listas para candidatos plurinominales al Congreso local.
La Constitución Política de Ciudad de México explica que el órgano legislativo debe estar integrado por 33 diputados por mayoría relativa (uninominal) y 33 por representación proporcional (plurinominales). En total deben ser 66 diputados, esto es en el artículo 29 inciso a numeral 2. Sin embargo, menciona en el mismo artículo inciso b numeral 2 apartado que “ningún partido podrá contar con más de cuarenta diputaciones electas por ambos principios”. Al realizar el Código Electoral (ley secundaria) que elaboró la Asamblea Legislativa dejó establecido que ningún partido político podrá tener más de 33
Aunque un instituto político obtenga 33 curules de mayoría, solo accederá a 7 pluris
diputados uninominales y 33 plurinominales. Esto lo impugnó el entonces presidente de la Asamblea Constituyente, Alejandro Encinas, y ayer diputados de un solo partido.