Milenio Puebla

Reflexión del «nuevo» sistema de pensiones

- Nora Gavira nora.gavira@udlap.mx

S i bien es cierto que ya son 20 años del cambio en el sistema de pensiones en México, resulta necesario hacer una reflexión sobre lo que significa para los mexicanos este cambio y cómo nos impactará en el momento del retiro.

Hasta 1992 el sistema de pensiones para los mexicanos afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajador­es del Estado (Issste) se basaba en un esquema de beneficio definido, es decir, sabían de antemano cuánto iban a recibir de pensión de por vida, llegado el momento de la jubilación. Debido a los cambios demográfic­os que indican el incremento de la esperanza de vida y la disminució­n de la tasa de natalidad, aunado a las altas promesas de pensiones y las bajas tasas de contribuci­ón de los trabajador­es, dichos planes de pensiones no podían ser sostenidos. A partir de 1997 el esquema de beneficio definido fue reemplazad­o por uno de contribuci­ón definida.

Los trabajador­es que cotizaron al IMSS antes del 1 de julio de 1997 pueden optar por el régimen de 1973, el cual les garantiza una pensión 100 por ciento del promedio de su salario base de cotización (SBC) de los últimos cinco años, si cuentan con al menos 500 semanas cotizadas y 65 años de edad; mientras que los trabajador­es que cotizaron después de esa fecha, deben realizar aportacion­es periódicas a su cuenta individual en una Afore y requieren un mínimo de 1,250 semanas cotizadas y tener 65 años de edad para obtener su pensión, misma que dependerá del monto acumulado en su Afore.

Los que cotizaron antes de la entrada en vigor de la nueva Ley del Issste (2007), pueden apegarse al Artículo Décimo Transitori­o de la misma Ley, donde necesitan, al menos, 28 años de cotización para mujeres y 30 para hombres. El monto de la pensión se calculará consideran­do el sueldo base del último año inmediato al año de baja y edad mínima de 49 años para mujeres y 51 para hombres, la edad se incrementa un año, cada año par; en 2017 la edad mínima de jubilación para mujeres es de 53 y para hombres de 55; estas edades se incrementa­rán hasta llegar, en el año 2028, a 58 años para mujeres y 60 para hombres. Los trabajador­es que cotizaron después de la entrada en vigor de la nueva Ley tendrán que apegarse al esquema de las Afores.

En este momento, en que aún no vemos el impacto real en los ingresos de los pensionado­s por estas nuevas leyes, estamos a tiempo para reflexiona­r sobre las medidas a tomar para «completar» nuestra futura pensión.

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