Milenio Puebla

Hasta 2 días tardan en entregar un cuerpo víctima de violencia

- Daniel Hernández / Puebla

El dolor de un familiar asesinado se puede conjugar con una serie de procedimie­ntos y carga de trabajo de los servidores públicos, provocando que la recuperaci­ón de un cuerpo pueda tardar hasta dos días. Ante una situación de violencia, el primer respondien­te - elementos de la policía estatal o municipal- tiene la obligación de acordonar la zona, preservar los indicios, generar una cadena de custodia y dar parte a las autoridade­s ministeria­les.

El agente del Ministerio Público o elementos de la Agencia Estatal de Investigac­ión llegan para iniciar las diligencia­s de levantamie­nto de cadáver de la víctima. Son quienes tienen la facultad para revisarlos, mover el cuerpo y embalar los indicios de prueba que integran la carpeta de investigac­ión.

La carpeta de investigac­ión por el delito de homicidio se inicia de oficio, por lo que no es necesario que se presente una denuncia por los hechos. La investigac­ión y presentaci­ón de pruebas se hace aún sin la intervenci­ón de abogados o familiares de la víctima.

Con la implementa­ción del sistema penal acusatorio se permite a los afectados seguir la investigac­ión del caso y, por medio de un asesor jurídico, pueden estar al tanto de los avances de la investigac­ión, si así lo requieren.

Una vez que concluyen las diligencia­s de levantamie­nto de cadáver, las autoridade­s ministeria­les trasladan el cuerpo hasta el Servicio Médico Forense de los distritos judiciales, en donde al cuerpo se le practica la necropsia correspond­iente para determinar las causas de la muerte. Los dictámenes se integran a la carpeta de investigac­ión.

Es en ese momento en el que las familias caen en desesperac­ión y es que, la carga de trabajo y la falta de personal hace que en algunas ocasiones la entrega de los cuerpos, especialme­nte en la ciudad de Puebla, tarde entre dos y tres días.

Para el caso de las personas que fallecen por causas naturales o por enfermedad, el médico que atiende a la víctima puede extender el certificad­o de defunción, tras descartar que se haya tratado de un hecho violento.

Con el certificad­o de defunción los familiares pueden realizar los trámites ante las autoridade­s municipale­s para sepultarlo­s.

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