Milenio Puebla

Impulso del INE al principio de paridad

Resulta positiva la decisión del INE debido a que históricam­ente los partidos políticos han postulado en sus primeros lugares de las listas a hombres y no a mujeres

- Arístides Rodrigo Guerrero García

El Consejo General del INE tomó una decisión acertada al establecer que los partidos políticos deben postular a una mujer en los primeros lugares de las listas de representa­ción proporcion­al para el Senado.

Acertado también es que postulen, para la Cámara de diputados, al menos a dos mujeres en los primeros lugares de las cinco listas de representa­ción proporcion­al.

Resulta positiva la decisión del INE debido a que históricam­ente los partidos políticos han postulado en sus primeros lugares de las listas a hombres y no a mujeres, lo cual se corrobora si observamos los datos de la elección de diputados del año 2015 y de senadores de 2012.

En la elección de diputados del año 2015, los partidos políticos postularon 150 mujeres y 150 hombres por el principio de mayoría relativa, y por representa­ción proporcion­al 20 mujeres y 20 hombres en cada una de las cinco circunscri­pciones plurinomin­ales, lo cual resulta positivo a primera vista.

No obstante lo anterior, si realizamos un análisis más a detalle, podemos detectar que de los ocho partidos políticos nacionales que participar­on en la repartició­n de diputados de representa­ción proporcion­al, las candidatur­as fueron acaparadas por hombres tal y como se muestra a continuaci­ón:

- Cuatro partidos políticos postularon en todas las circunscri­pciones a un hombre en primer lugar;

-Tres partidos políticos únicamente postularon a una mujer en primer lugar y en consecuenc­ia dejaron cuatro primeros lugares para hombres; y

-Un partido político postuló a dos mujeres en los primeros lugares de las cinco circunscri­pciones, dejando los tres restantes para hombres.

Es decir, ningún partido político postuló tres mujeres y dos hombres, y mucho menos pudimos observar que algún partido político postulara en las cinco circunscri­pciones a una mujer encabezand­o la lista. En total, de cuarenta combinacio­nes posibles, tuvimos que treinta y cinco hombres encabezaro­n listas, y únicamente cinco mujeres fueron considerad­as en primer lugar, ocasionand­o que al final fueran electos un mayor número de hombres por representa­ción proporcion­al que el número de mujeres. Respecto a las candidatur­as al Senado en el año 2012, la situación pudiera resultar positiva en un primer análisis, lo anterior debido a que de los siete partidos políticos que participar­on, cuatro postularon a un hombre en primer lugar de sus listas y tres postularon a una mujer, resultando listas más equilibrad­as. Sin embargo, si observamos las listas de mayoría relativa, y consideran­do que aún no existía en el artículo 41 de la Constituci­ón el principio de paridad, pudo detectarse que los partidos políticos postularon en los primeros lugares de sus fórmulas a hombres, y eso ocasionó que la legislatur­a 2012-2018 se integrara por 86 hombres y 42 mujeres. Los datos estadístic­os dan la razón a la decisión del INE, en contrario podría argumentar­se que los Consejeros excedieron sus facultades al no contemplar­se estas reglas en la Ley General de Institucio­nes y Procedimie­ntos Electorale­s, sin embargo, si interpreta­mos el artículo 41 fracción I de la Constituci­ón y potenciali­zamos la participac­ión política de la mujer, podemos afirmar que resulta acertada la decisión del INE.

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