Impulso del INE al principio de paridad
Resulta positiva la decisión del INE debido a que históricamente los partidos políticos han postulado en sus primeros lugares de las listas a hombres y no a mujeres
El Consejo General del INE tomó una decisión acertada al establecer que los partidos políticos deben postular a una mujer en los primeros lugares de las listas de representación proporcional para el Senado.
Acertado también es que postulen, para la Cámara de diputados, al menos a dos mujeres en los primeros lugares de las cinco listas de representación proporcional.
Resulta positiva la decisión del INE debido a que históricamente los partidos políticos han postulado en sus primeros lugares de las listas a hombres y no a mujeres, lo cual se corrobora si observamos los datos de la elección de diputados del año 2015 y de senadores de 2012.
En la elección de diputados del año 2015, los partidos políticos postularon 150 mujeres y 150 hombres por el principio de mayoría relativa, y por representación proporcional 20 mujeres y 20 hombres en cada una de las cinco circunscripciones plurinominales, lo cual resulta positivo a primera vista.
No obstante lo anterior, si realizamos un análisis más a detalle, podemos detectar que de los ocho partidos políticos nacionales que participaron en la repartición de diputados de representación proporcional, las candidaturas fueron acaparadas por hombres tal y como se muestra a continuación:
- Cuatro partidos políticos postularon en todas las circunscripciones a un hombre en primer lugar;
-Tres partidos políticos únicamente postularon a una mujer en primer lugar y en consecuencia dejaron cuatro primeros lugares para hombres; y
-Un partido político postuló a dos mujeres en los primeros lugares de las cinco circunscripciones, dejando los tres restantes para hombres.
Es decir, ningún partido político postuló tres mujeres y dos hombres, y mucho menos pudimos observar que algún partido político postulara en las cinco circunscripciones a una mujer encabezando la lista. En total, de cuarenta combinaciones posibles, tuvimos que treinta y cinco hombres encabezaron listas, y únicamente cinco mujeres fueron consideradas en primer lugar, ocasionando que al final fueran electos un mayor número de hombres por representación proporcional que el número de mujeres. Respecto a las candidaturas al Senado en el año 2012, la situación pudiera resultar positiva en un primer análisis, lo anterior debido a que de los siete partidos políticos que participaron, cuatro postularon a un hombre en primer lugar de sus listas y tres postularon a una mujer, resultando listas más equilibradas. Sin embargo, si observamos las listas de mayoría relativa, y considerando que aún no existía en el artículo 41 de la Constitución el principio de paridad, pudo detectarse que los partidos políticos postularon en los primeros lugares de sus fórmulas a hombres, y eso ocasionó que la legislatura 2012-2018 se integrara por 86 hombres y 42 mujeres. Los datos estadísticos dan la razón a la decisión del INE, en contrario podría argumentarse que los Consejeros excedieron sus facultades al no contemplarse estas reglas en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, sin embargo, si interpretamos el artículo 41 fracción I de la Constitución y potencializamos la participación política de la mujer, podemos afirmar que resulta acertada la decisión del INE.