Milenio Puebla

En Puebla son procesadas 62 mujeres por abortar: FGE

La académica, Juliana Vivar, consideró que penalizar el aborto atenta contra las libertades sexuales y reproducti­vas de las mujeres; además, se trata de un delito de orden “moral”

- Josué Mota/ Puebla

Penalizar el aborto atenta contra las libertades sexuales y de reproducci­ón de la mujer: académica

Desde la tipificaci­ón como delito en 2009 hasta la fecha, 62 mujeres poblanas han sido procesadas por la Fiscalía General del Estado (FGE), bajo el señalamien­to de aborto. En el año 2016, se registró la mayor cantidad de mujeres procesadas con un total de 13 casos, según se informó por la institució­n ministeria­l a Milenio Puebla, en respuesta a una solicitud de informació­n.

Ante la informació­n, la académica del Tecnológic­o de Monterrey, Juliana Vivar, consideró que penalizar el aborto atenta contra las libertades sexuales y reproducti­vas de las mujeres; además, se trata de un delito de orden “moral”.

En el año 2009, la Fiscalía General del Estado no inició ninguna investigac­ión por este delito, sin embargo, un año después, dos mujeres fueron procesadas, mientras que en 2011 se contabiliz­ó un caso. Para el año 2012, 10 mujeres fueron procesadas; en 2013 fueron ocho, mientras que en 2014 la cifra de procesos llegó a 12. En 2015, se registraro­n siete procesos, mientras que el año anterior se iniciaron 13 procesos. Hasta noviembre de este 2017, se habían iniciado nueve carpetas de investigac­ión por este delito.

Milenio Puebla solicitó a la Fiscalía General del Estado que informara el estado del proceso judicial de las carpetas de investigac­ión, sin embargo, la dependenci­a indicó que no cuenta con esa informació­n: “Hacemos de su conocimien­to que no se tiene desglosada la informació­n como lo solicita”, señala el documento digital.

Código Penal en Puebla

El artículo 339 del Código Penal del Estado de Puebla defi ne el aborto como “la muerte del producto de la concepción en cualquier momento de la preñez”.

El artículo 342 señala que “se impondrán de seis meses a un año de prisión a la madre que voluntaria­mente procure su aborto o consienta en que otro la haga abortar, si concurren las tres circunstan­cias siguientes: I.- Que no tenga mala fama; II.- Que haya logrado ocultar su embarazo; III.- Que éste no sea fruto de matrimonio. Faltando alguna de las circunstan­cias mencionada­s, se le impondrán de uno a cinco años de prisión”.

Mientras, el artículo 343 explica que “El aborto no es sancionabl­e en los siguientes casos: I.- Cuando sea causado solo por imprudenci­a de la mujer embarazada; II.- Cuando el embarazo sea el resultado de una violación; III.- Cuando de no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro de muerte, a juicio del médico que la asiste, oyendo éste el dictamen de otro médico, siempre que esto fuere posible y no sea peligrosa la demora; y IV.- Cuando el aborto se deba a causas eugenésica­s graves, según dictamen que previament­e rendirán dos peritos médicos”.

“Criminaliz­ación contrapone discursos oficiales”

En entrevista con Milenio Puebla, la catedrátic­a de Derecho del Tecnológic­o de Monterrey, campus Puebla, Juliana Vivar, señaló que la “criminaliz­ación” de las mujeres por abortar se contrapone con los discursos oficiales que enaltecen los derechos en materia de salud reproducti­va; además, se trata de un delito “moral” que en la práctica ha provocado que algunas mujeres decidan interrumpi­r su embarazo en la Ciudad de México, estado donde este proceso está despenaliz­ado hasta la semana 12 de la gestación del producto. “El Código Penal tiene muchas conductas totalmente de carácter moral y ética, en las que, en mi opinión, no deberían estar tipificada­s. Son conductas que se contrapone­n con los derechos de libertad sexual de las mujeres, incluso, a legislacio­nes alternas como la del Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y con tratados internacio­nales. Definitiva­mente, pienso que ha sido un descuido del Legislativ­o para actualizar el Código Penal, porque con un grupo de académicos se había acordado limpiarlo para dejar solo aquellas conductas que fueran más dañinas para la sociedad como los delitos de alto impacto”.

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ANDRÉS LOBATO La FGE no informó sobre el estado que guardan los procesos penales.
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ANDRÉS LOBATO Autoridade­s recogen los restos de un producto.
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ESPECIAL La penalizaci­ón atenta contra las libertades reproducti­vas: Vivar.

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