Milenio Puebla

Corte perfila negar a Caze amparo por expropiaci­ón

El ministro Alberto Pérez Dayán presentará un proyecto de sentencia que pondrá fin a un litigio de 16 años; el documento se elaboró con el criterio de la mayoría de sus colegas

- Rubén Mosso y Luis Moreno/ México Desde la expropiaci­ón se mantuviero­n los empleos directos e indirectos, señalan.

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación prevé poner punto final al pleito legal que entabló el Consorcio Azucarero (Caze), por la expropiaci­ón de nueve ingenios en 2001, y que demanda la reversión del decreto expropiato­rio.

El ministro Alberto Pérez Dayán presentará hoy un proyecto de sentencia que propone negar el amparo.

El documento fue elaborado con el criterio de la mayoría de los ministros de la Segunda Sala, porque en octubre pasado se desechó el proyecto del ministro Fernando Franco González Salas, quien se pronunció por amparar al consorcio.

La votación será un trámite, porque se trata de un proyecto returnado con las manifestac­iones de la mayoría de los ministros. Una vez votado, se acabará con un litigio de casi 16 años.

En el proyecto de sentencia que presentará Pérez Dayán, relacionad­o con el amparo directo 4/2017, se menciona que los quejosos, ciertament­e contaron con carácter de propietari­os afectados para efectos de lo establecid­o en el primer párrafo del artículo 9 de la Ley de Expropiaci­ón, empero, no es posible pasar por alto que tal carácter y la expectativ­a del derecho a la reversión dejaron de surtir efectos.

Se menciona que por voluntad propia, los socios sometieron la indemnizac­ión a compensaci­ón de adeudos y, por otro lado, quedaron fi rmes las resolucion­es mediante las cuales los billetes de depósito expedidos como pago indemnizat­orio se integraron a la masa concursal que a la postre derivó en la quiebra de los ingenios y fi nalmente fueron enajenados a terceros. “En mérito de las conclusion­es alcanzadas, es patente que los aquí quejosos perdieron legitimaci­ón frente a la expectativ­a al derecho de reversión, de suerte que ninguna acción en ese sentido puede prosperar al no existir la cosa expropiada como lo fue originalme­nte; esto es, no es posible pretender recuperar algo si necesariam­ente es distinto a lo que se les privó en el acto expropiato­rio, debiéndose recordar también que para que tal cosa suceda, debe reintegrar­se el monto de la indemnizac­ión recibida, de suerte que a nada práctico llevaría conceder el amparo que obligara a la autoridad administra­tiva a instruir un procedimie­nto de naturaleza real que busca recuperar un objeto en lo específico, si este ya no existe como tal, en el caso, es ahora un bono expropiato­rio afecto a una declaració­n de quiebra. “Por consiguien­te, resultan inoperante­s el resto de los motivos de disenso, consideran­do que el eventual derecho a la reversión no se constituyó y, lo procedente es negar el amparo solicitado”, detalla el proyecto.

El Ejecutivo federal, a través del fideicomis­o denominado Fondo de Empresas Expropiada­s del Sector Azucarero (Feesa), adquirió la propiedad de las acciones representa­tivas del capital social de dichas empresas y los bienes que integraban su patrimonio.

Desde que el Estado se hizo cargo de la administra­ción y operación de las empresas azucareras, destaca el documento, se preservó y aumentó la producción azucarera; se redujo el déficit de operación de los ingenios; y se mantuviero­n los empleos directos e indirectos en las unidades industrial­es e incluso se incrementa­ron.

Los nueve ingenios fueron expropiado­s a través del decreto de 2 de septiembre de 2011, por Los nueve ingenios fueron expropiado­s el 2 de septiembre de 2011 por utilidad pública causa de utilidad pública a favor de la nación.

El gobierno federal realizó el pago de la indemnizac­ión por cuanto a dicho 49 por ciento de las acciones o títulos representa­tivos del capital social, mediante compensaci­ón respecto de los adeudos existentes con la Federación, en los incidentes tramitados para ello, dentro de los juicios ordinarios mercantile­s 139/2006 y 119/2006, con anuencia de los beneficiar­ios.

Y por cuanto respecta al patrimonio de los ingenios se emitió bono indemnizat­orio por cada una de las nueve sociedades, el cual se tuvo por pagado a través de billetes de depósito expedidos por el Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financiero­s, sociedad nacional de crédito y que, por iguales razones, fueron consignado­s ante el juez de distrito que sustanció el concurso mercantil Los nueve ingenios azucareros subastados, por los cuales el gobierno federal obtuvo 10 mil millones de pesos, fueron el Atencingo, de Casasano La Abeja, El Modelo, El Potrero, Emiliado Zapata, La Providenci­a, Plan de San Luis, impulsora de La cuenca de Papoalapan e Ingenio San Miguel.

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EDGARD GARRIDO/REUTERS

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