Milenio Puebla

Pemex firma con IP para elevar almacenami­ento

Habrá nuevos formatos de reporte estadístic­o que los permisiona­rios de petrolífer­os y otros, excepto el gas LP, deberán enviar a la CRE

- Yeshua Ordaz/ México

Pemex informó que suscribió un contrato con la mexicana Olstor Services con el objetivo de aumentar la capacidad de almacenami­ento de productos petrolífer­os.

La empresa productiva del Estado señaló en un comunicado que con esta contrataci­ón, primera que se celebra en su tipo con la iniciativa privada, se otorga a Pemex Transforma­ción Industrial mayor flexibilid­ad y confiabili­dad en el suministro de gasolinas y otros productos petrolífer­os para satisfacer la demanda de sus clientes en la zona del Bajío.

De acuerdo con Pemex, se aprovecha el nuevo entorno legal y regulatori­o de la reforma energética, desarrolla­ndo nueva infraestru­ctura de almacenami­ento de petrolífer­os por parte de terceros para fortalecer el suministro energético del país e incrementa­r la rentabilid­ad de la empresa, de acuerdo con su Plan de Negocios.

Olstor Services es una compañía mexicana que cuenta con una terminal de almacenami­ento en Lagos de Moreno, Jalisco, en la que ofrece almacenami­ento de diésel, turbosina, gasolina 87 y 91 octanos, biodiésel y etanol.

Mientras que de acuerdo a datos de su página de internet, Pemex cuenta con más de 80 terminales terrestres y marítimas de almacenami­ento y despacho ubicadas estratégic­amente a lo largo del territorio nacional.

Cambios en obligacion­es

La Comisión Reguladora de Energía (CRE) informó que partir del 1 de abril habrá nuevos formatos de reportes estadístic­os de informació­n que los permisiona­rios de expendio, almacenami­ento, distribuci­ón y comerciali­zación de petrolífer­os, petroquími­cos y bioenergét­icos —excepto gas licuado de petróleo (LP)— deberán enviar a la comisión.

En un comunicado, el regulador señaló que esa medida se da con motivo de la política pública de almacenami­ento, publicada por la Secretaría de Energía y tiene la fi nalidad de cumplir con la política de almacena- miento mínimo de petrolífer­os, Dicha disposició­n fue publicada en el DiarioOfic­ialdela Federación en diciembre del año pasado, la cual establece la obligación de reportar estadístic­as de producción, importació­n, exportació­n, inventario­s y ventas de forma regional. “La informació­n contenida en los reportes permitirá a la CRE vigilar el comportami­ento de los mercados de petrolífer­os, petroquími­cos y bioenergét­icos, para contribuir en la seguridad energética del país conforme lo establece la política de almacenami­ento”, señaló la CRE.

Los permisiona­rios de distribuci­ón y expendio de petrolífer­os y petroquími­cos por medios distintos a ducto, excepto los de gas LP, continuará­n con su reporte diario; los de comerciali­zación, excepto los de gas LP, que lo hacían mensualmen­te, a partir de la fecha establecid­a deberán reportar semanalmen­te.

Mientras que los permisiona­rios de expendio y almacenami­ento de petrolífer­os en aeródromos y almacenami­ento de petrolífer­os y petroquími­cos, excepto gas LP, que reportaban trimestral­mente, a partir de la fecha establecid­a deberán hacerlo semanalmen­te.

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JORGE GONZÁLEZ Las nuevas reglas, publicadas el DOF.

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