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Como parte del segundo eje de la estrategia integral “De Una Vez Por Todas” (reformas legales para inhibir conductas delictivas) y en respuesta del estado a toda acción atentatoria contra los derechos de la mujer y de las personas en situación de vulnerabilidad, la Secretaría General de Gobierno (SGG) envió al Congreso local tres iniciativas de reforma de ley.
Entre las modificaciones a la ley, se presentó la reforma que contempla obligar al estado, en la medida de sus posibilidades, a garantizar la reparación del daño de las mujeres víctimas de violencia, lo que se traduce en un mejor actuar de las autoridades.
Asimismo, se busca que todo centro de trabajo (del ámbito público o privado) esté certificado en materia de igualdad laboral y no discriminación.
Asimismo, se busca robustecer los esquemas de actuación de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP), la Secretaría de Salud (Sesa) y el Instituto Poblano de las Mujeres (IPM) en el tratamiento de los casos de violencia contra mujeres.
Se propone reformar la Ley Orgánica del Poder Judicial, con el fin de lograr la aplicación de los tratados internacionales en la materia, incorporándose la obligación de todo servidor público para guiar su actuación con perspectiva de género. A su vez, se busca garantizar las condiciones de acceso efectivo a la justicia de las personas en situación de vulnerabilidad.
En el mismo tenor, la reforma en la Ley de Derechos, Cultura y Desarrollo de los Pueblos y Comunidades Indígenas, en la cual se incorporará en el artículo 19, la obligación del estado de promover condiciones destinadas a posibilitar que las mujeres indígenas accedan a políticas de prevención del delito por razones de género.
Por último, la reforma al artículo 179 del Código Penal, en el cual se permitirá a mujeres y hombres, por igual, por razones de seguridad y en legítima defensa, el uso de instrumentos no letales como rociadores de sustancias químicas no letales, siempre que no sean de capacidad superior a los 150 gramos. De igual manera, permite el uso de armas electrónicas que sólo provoquen efectos temporales, siempre que su uso no cause la pérdida del conocimiento, ni ponga en riesgo la vida.