“El Tribunal no hace política”: magistrados
“La decisión se sustentó en la presunción de inocencia de Rodríguez Calderón y el grado de error en que incurrió la autoridad”, explican
Los cuatro magistrados que aprobaron la inclusión de Jaime Rodríguez Calderón en la boleta presidencial defendieron su postura entre contradicciones y acusando al INE de realizar un trabajo deficiente. En conferencia de prensa, en la que se limitaron a repetir los argumentos de la sesión pública, el magistrado Felipe Fuentes Barrera negó que la decisión tuviera tintes políticos, ya que se basó en la defensa que el Tribunal ha hecho en favor de las candidaturas independientes. “Queremos dejar en claro que este tribunal no hace política, no juzga ni litiga con base en señalamientos en medios de comunicación o en redes sociales y a pesar de los diferentes criterios (…) de un órgano colegiado, al fi nal, de manera institucional, se apoya el criterio mayoritario”, explicó.
A la conferencia de prensa faltó Reyes Rodríguez Mondragón, además de que la presidenta, Janine Otálora Malassis, y Felipe de la Mata Pizaña no emitieron ningún comentario.
En su oportunidad, el magistrado José Luis Vargas Valdez aseguró que la decisión se sustentó en la presunción de inocencia de Rodríguez Calderón y, en especial, al estar en cuestionamiento el grado de error en que incurrió la autoridad administrativa en la revisión del apoyo ciudadano.
Agregó que la autoridad electoral en ningún momento dotó a los aspirantes de un comprobante de cada uno de los apoyos que registraba a través de la aplicación, lo cual le impidió refutar el dicho de la autoridad de que este tenía que ser descontado. “Si aceptamos que hay un 8 por ciento de inconsistencias que el ciudadano logra rescatar a través de sus procesos de verificación, la verdad es que es muy cuestionable el grado de error que tuvo la autoridad administrativa”, anadió.
Al igual que Fuentes Barrera, el magistrado Vargas Valdez reconoció que su decisión se basó en suposiciones, pues dicen que existía la posibilidad de que en una revisión adicional, ElBronco lograría subsanar las 16 mil 656 que requería para cumplir con el umbral previsto en la ley.
Por su parte, la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso intentó explicar la diferencia entre el caso de Rodríguez Calderón y Armando Ríos Piter, en el que el principal argumento se centró en “las particularidades”, a pesar de que en ambos se determinó que se violó el derecho de audiencia, pero solo a uno se le subió a la boleta.