Puebla, primer estado comprometido a juzgar con perspectiva de género
El derecho de la mujer a una vida libre de discriminación se traduce en la obligación de toda autoridad de actuar
En fecha reciente, el Pleno del Tribunal Superior de Justicia( TSJ) aprobó, por unanimidad y a propuesta de su presidente, el magistrado, Héctor Sánchez, que se firmara un convenio con el Instituto Nacional de las Mujeres, para que en aras del Bloque de Constitucionalidad y los Derechos Humanos, en Puebla se juzgue con Perspectiva de Género. Situación que se materializó el pasado jueves 31 de mayo cuando el gobernador, Antonio Gali; la titular del Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres), Marcela Eternod; el magistrado presidente del TSJ, Héctor Sánchez; y el presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política del Congreso de Puebla, Carlos Martínez, firmaron la Declaratoria por el Acceso a la Justicia: enfoque en Derechos Humanos y Género, con el objetivo de garantizar la igualdad en los procesos judiciales.
Con lo anterior, Puebla se convirtió en el primer estado de la República en firmar dicho convenio, ya que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha expresado que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.
Que el derecho de la mujer a una vida libre de discriminación y de violencia se traduce en la obligación de toda autoridad de actuar con perspectiva de género, lo cual pretende combatir argumentos estereotipados e indiferentes para el pleno y efectivo ejercicio del derecho a la igualdad. De conformidad, con el artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el parámetro de regularidad constitucional, la obligación de todas las autoridades de actuar con la debida diligencia adquiere una connotación especial en casos de violencia contra las mujeres. En dichos casos, el deber de investigar efectivamente tiene alcances adicionales. En los casos de violencia contra las mujeres, las autoridades estatales deben adoptar medidas integrales con perspectiva de género para cumplir con la debida diligencia. Estas medidas incluyen un adecuado marco jurídico de protección y una aplicación efectiva del mismo, así como políticas de prevención y prácticas para actuar eficazmente ante las denuncias. Incumplir con esa obligación desde los órganos investigadores y los impartidores de justicia puede condicionar el acceso a la justicia de las mujeres por invisibilizar su situación particular.
De acuerdo con la doctrina de la Primera Sala de la SCJN sobre el tema, la perspectiva de género constituye una categoría analítica - conceptoque acoge las metodologías y mecanismos destinados al estudio de las construcciones culturales y sociales entendidas como propias para hombres y mujeres; es decir, lo que histórica, social y culturalmente se ha entendido como “lo femenino” y “lo masculino”. En estos términos, la obligación de las y los operadores de justicia de juzgar con perspectiva de género puede resumirse en su deber de impartir justicia sobre la base del reconocimiento de la particular situación de desventaja en la cual históricamente se han encontrado las mujeres - pero que no necesariamente está presente en cada caso-, como consecuencia de la construcción que socioculturalmente se ha desarrollado en torno a la posición y al rol que deberían asumir, como un corolario inevitable de su sexo.
La importancia de este reconocimiento estriba en que de él surgirá la posibilidad de que quienes tengan encomendada la función de impartir justicia, puedan identificar las discriminaciones que de derecho o de hecho pueden sufrir hombres y mujeres, ya sea directa o indirectamente, con motivo de la aplicación del marco normativo e institucional mexicano. Dicho de otra manera, la obligación de juzgar con perspectiva de género exige a quienes imparten justicia que actúen remediando los potenciales efectos discriminatorios que el ordenamiento jurídico y las prácticas institucionales pueden tener en detrimento de las personas, principalmente de las mujeres.
Espero que esta medida abone al esfuerzo del gobierno para combatir la violencia contra las mujeres a quienes debemos honrar.