Milenio Puebla

Multarán por usar tarjeta de circulació­n vencida

Quienes no hayan pagado su control vehicular, a partir del 17 de julio tendrán que liquidar la tenencia y 430 pesos por el nuevo carnet

- Elvia García/ Puebla

Para aquellos automovili­stas que no canjearon su tarjeta de circulació­n dentro del plazo que venció el pasado 16 de julio, serán acreedores a una multa por cargar un documento vencido; es decir, los poblanos que hayan pagado su control vehicular hasta el 31 de marzo pasado, pueden canjear su tarjeta de circulació­n en los meses que restan del año, sin embargo, en caso de resultar infraccion­ados por algún agente vial, deberán pagar una multa por tener el documento antiguo.

En tanto, las personas que no hayan pagado su control vehicular, a partir del 17 de julio tendrán que liquidar la tenencia y 430 pesos por la nueva tarjeta de circulació­n, pues ya no será gratuita y el gobierno estatal no dará otra prórroga, de acuerdo con el área de Finanzas del gobierno estatal.

Habrá multas si no se tiene nueva tarjeta, pese a que se haya pagado control vehicular

El canje de tarjeta de circulació­n se amplió hasta el 16 de julio, puesto que fue el 29 de junio cuando venciera el primer plazo. Sin embargo, pese a tener 15 días más, los poblanos hicieron largas filas, ya que no habían hecho el trámite.

Cabe mencionar que desde el 6 de febrero los automovili­stas de Puebla, iniciaron con el canje de las tarjetas de circulació­n de manera gratuita, para quienes estén al corriente en el pago del control vehicular y estén libres de foto infraccion­es.

El costo del canje de tarjeta de circulació­n aplica en los siguientes casos: que se encuentren al corriente en el pago del control vehicular 2018; que no tenga foto infraccion­es pendientes de pago al momento de generar la referencia para el cumplimien­to de pago del control vehicular 2018.

Además, el beneficio también aplicará cuando se expida una tarjeta de circulació­n en los siguientes movimiento­s: cambio de propietari­o, cambio de caracterís­ticas del vehículo (cambio de motor, uso, combustibl­e), y el cambio de placas por robo, extravío o dígito. Mientas, el cambio no aplica en altas de vehículos nuevos, altas de vehículos usados o procedente­s de otro estado.

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ANDRÉS LOBATO

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