Por unanimidad, avalan diputados eliminar fuero de los altos funcionarios
Banda presidencial. Aprueban dictamen que reforma la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional
Por unanimidad de 24 votos, la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular, con modificaciones, el proyecto de reformas constitucionales para eliminar el fuero de altos servidores públicos, incluido el presidente de la República, quien podrá enjuiciado juicio sin necesidad de la aprobación del Congreso.
La comisión debatió casi cinco horas las tres modificaciones de fondo al dictamen que deriva de la iniciativa que presentó el lopezobradorista Pablo Gómez.
Elproyectoalquesedaráprimera lectura en la sesión de mañana ( jueves) considera las iniciativas de las fracciones de Morena, PRD, PES y Movimiento Ciudadano para cancelar la inmunidad del mandatario en turno.
Hace adiciones y reformas a los artículos 38, 61, 74, 108, 111 y 112 de la Constitución, entre lo que se destaca que el presidente de la República, diputados y senadores al Congreso, ministros de la Supreser ma Corte de Justicia de la Nación, magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, así como el fiscal general de la República y los consejeros del Instituto Nacional Electoral gozan de inmunidad y, por tanto, no pueden privados de su libertad en el tiempo que ejercen su cargo, salvo que exista una sentencia condenatoria en su contra.
Señala que los servidores públicos antes mencionados son sujetos de proceso penal. En el caso de diputados y senadores “son inviolables” por las opiniones que manifiesten y difundan, propuestas legislativas o votos que emitan, durante el tiempo que duren sus cargos, y jamás podrán ser reconvenidos, procesados ni juzgados por ellas.
Establece que el titular del Ejecutivo solo podrá ser acusado, imputado, procesado y sentenciado por traición a la patria y cualquier otro delito.
Una de las modificaciones más importantes fue al artículo 111 en el que se eliminó el inciso “D”, el cual establecía que para el cese de funciones del presidente de la República se requería la aprobación, primero, de la mayoría absoluta de los presentes de la Cámara de Diputados y, después, de dos tercios delospresentesenelSenado,salvo aquellos casos en que la sentencia condenatoriafueraporincurriren delitos electorales y corrupción.
Con ello, el titular del Ejecutivo podrá ser retirado de su cargo por una sentencia condenatoria dictada por la Suprema Corte.
Se modificó además el mismo artículo en su inciso “E” referente a gobernadores y al jefe de gobiernodelaCdMx,aquienesencasode tener una sentencia condenatoria eljuezcomunicaráalcongresorespectivo la separación del cargo.
Enelcasodediputadosymagistradosdelostribunalessuperiores de justicia de las entidades federativas, gozan de inmunidad y podrán llevar su proceso en libertad, entanto,unjueznodictesentencia condenatoria.