Prohíbe INE promover programas sociales con nombre del Ejecutivo
Votación unánime. Comisión declara procedente la adopción de medidas cautelares solicitadas por el PRD
Por unanimidad, el Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó la suspensión inmediata del uso del nombre del Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, en indumentaria y accesorios (chalecos, gorras, mochilas, gafetes y cualquier otro) usados por servidores públicos o personas que participen en el levantamiento de censos o entrega de beneficios de programas sociales.
Además, se deben abstener de señalar, sugerir o mencionar que dichos programas y sus beneficios derivan de instrucciones, compromisos o patrocinios del titular del Ejecutivo,loanteriortraselfallode laComisióndeQuejasyDenuncias delINEqueensesiónextraordinariadeclaróprocedentelaadopción de medidas cautelares solicitadas por el PRD.
“Por la presunta violación a los principios rectores del proceso electoral, así como el presunto uso de recursos públicos, derivado de la promoción del nombre, imagen y logros del Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, mediante induneutralidad mentaria utilizada durante la entrega de becas a estudiantes y apoyos económicos a personas con alguna discapacidad y a adultos mayores”.
Con el voto unánime de los consejeros Claudia Zavala, Adriana Favela y Benito Nacif, la comisión otorgó las medidas cautelares y ordenó la medida mencionada.
En su argumentación se advierte que servidores públicos mejor conocidos como “Servidores de la nación” realizan funciones de levantamiento de censo y entrega de programas sociales, mismos que portan indumentaria y aditamentos con la leyenda “Andrés Manuel López Obrador, PresidenteelectodeMéxico20182024”, además de que se hace mención de este servidor público como benefactor o persona que ha instruido u ordenado la entrega de los beneficios sociales.
Por ello la instancia electoral resolvió que los hechos pueden violar el artículo 134 Constitucional y constituir promoción personalizada, particularmente y de manera destacada, del Presidente de la República, “así como un quebrantamiento de principios de imparcialidad, equidad y que deben observarse al ejecutarse o implementarse los programas sociales, a fin de no afectar las condiciones de la competencia entre los partidos”.
En tanto, a la propaganda publicada en Facebook, Twitter, Instagram y portales de Internet oficiales de servidores públicos denominados “Servidores de la nación”, la Comisión de Quejas determinó declarar procedente la medida cautelar y ordenó el retiro de las publicaciones en un plazo no mayor a 12 horas, así como abstenerse de realizar publicaciones de similar naturaleza.
Durante esta sesión también se declaró improcedente la adopción de medidas cautelares a propagandaenInternetdelosayuntamientos de Tecámac y Cuautitlán Izcalli, Estado de México, luego de tras un análisis preliminar del material denunciado, los mensajes giran en torno a la entrega de becas BenitoJuárezydetarjetasdebienestar a adultos mayores, respectivamente,delgobiernofederal,yno a título del Presidente.