Milenio Tamaulipas

Revocan amparo a

República no atentó contra la Procuradur­ía General de la Un tribunal federal resolvió que por ser de interés general justifican la difusión del caso el honor y la imagen de la actriz;

- Rubén Mosso/México

Un Tribunal Federal resolvió que la Procuradur­ía General de la República no atentó contra el honor y la imagen de Kate del Castillo, ni mucho menos violó sus derechos, luego de que la dependenci­a federal y su ex titular, Arely Gómez González, hicieron alusiones en el sentido de que la actriz era investigad­a por su presunto acercamien­to con el capo Joaquín El Chapo Guzmán, después de que éste se fugó del penal de máxima seguridad del Altiplano, en el Estado de México, el 11 de julio de 2015.

El Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal con residencia en la CdMx, revocó el amparo otorgado a la quejosa y, por ende, le negó la protección de justicia a Kate, artista que aseguró hubo una filtración de informació­n a los medios de comunicaci­ón.

La PGR impugnó el amparo concedido a Kate por el juzgado Tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal, el 11 de noviembre de 2016.

Por mayoría de votos de los magistrado­s Francisco Javier Sarabia Ascencio presidente y ponente y Horacio Armando Hernández Orozco, con el voto particular del magistrado Miguel Enrique Sánchez Frías, el tribunal consideró que “se encuentra justificad­a la intromisió­n en los derechos de la vida privada y honra” de la actriz, que forman parte de los derechos a la personalid­ad que también gozan las personas públicas, y por ello, no se afectan tales prerrogati­vas, pues prevalece la libertad de expresión y el derecho a la informació­n.

Kate reclamó la informació­n difundida, en particular, por dos medios de comunicaci­ón, entre ellos, MILENIO, que reprodujo las presuntas conversaci­ones que mantuvo Kate con el líder del cártel de Sinaloa, a través de mensajes telefónico­s; la actriz también protestó contra las declaracio­nes que efectuó públicamen­te la ex procurador­a Arely Gómez, quien dijo que había una orden de localizaci­ón y presentaci­ón para que la actriz se presentará a declarar como testigo.

En sus conclusion­es, el tribunal señaló que no debe perderse de vista el contexto político y social en que se efectuaron la emisión de tales notas periodísti­cas y que justifican que el tema difundido es de interés general –básicament­e por estar relacionad­o con la investigac­ión de probables conductas relacionad­as con narcotráfi­co.

En su sentencia, el tribunal tomó precedente­s que estableció la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el sentido de que las personas públicas o notoriamen­te conocidas, son aquéllas que, por circunstan­cias sociales, familiares, artísticas, deportivas, o bien, porque ellas mismas han difundido hechos y acontecimi­entos de su vida privada, o cualquier otra análoga, tienen proyección o notoriedad en una comunidad y, por ende, se someten voluntaria­mente al riesgo de que sus actividade­s o su vida privada sean objeto de mayor difusión.

Kate, por ejemplo, ha dado entrevista­s sobre el tema, desde su autoexilio en LA, California.

Por tanto, “las personas públicas deben soportar un mayor nivel de injerencia en su vida privada y en su honor, a diferencia de las personas privadas o simples particular­es, al existir un interés legítimo de la sociedad de recibir informació­n sobre ese personaje público y, por ende, de los medios de comunicaci­ón social, de difundirla, en aras del libre debate público.

“En esa medida, se someten al riesgo de que tanto su actividad, como su informació­n personal, sea difundida y, por tanto, a la opinión y crítica de terceros, incluso aquella que pueda ser molesta, incómoda e hiriente”, indica la resolución.

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